Inicio Defensa penal Me acusan de homicidio
Es una de las imputaciones más graves del Código Penal. Lo primero que se discute no es la pena: es qué figura corresponde a lo que realmente ocurrió, porque entre una y otra la escala cambia por completo.
La misma muerte puede encuadrar en figuras muy distintas según lo que la persona buscaba, el medio que empleó y las circunstancias del hecho.
Código Penal, arts. 79, 80, 81, 84 y 95.
Quien se defiende de una agresión ilegítima, con necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y sin haberla provocado, no es punible, aunque la persona que agredió haya muerto. La causa se abre igual, y la justificación hay que acreditarla. Está explicado en legítima defensa y en estaba durmiendo y entraron a mi casa.
Código Penal, art. 34 inc. 6.
La figura con la que se inicia la causa es la que se fijó con lo que se sabía en ese momento. No es la última palabra, y modificarla depende de la prueba que se asegure desde el principio: la autopsia, las pericias, los testigos y las cámaras.
Por eso la defensa no espera al juicio. La calificación se trabaja desde la primera presentación en el expediente.
Nadie está obligado a declarar. Declarar sin conocer el expediente puede fijar una versión que después es muy difícil de corregir.
La figura imputada pesa en el pedido de excarcelación, pero no lo decide por sí sola: la ley obliga a evaluar los riesgos procesales del caso concreto. Por eso la discusión sobre la calificación y la discusión sobre la libertad avanzan juntas.
En la Provincia de Buenos Aires, los delitos cuya pena máxima supera los quince años se juzgan ante un tribunal de jurados. La persona imputada puede renunciar a ese tribunal dentro del plazo que fija el código, y la renuncia se ratifica ante el juez. Una vez firme la elevación a juicio, ya no se puede renunciar.
Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires, art. 22 bis.
Las doce tienen su página con el detalle. Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué pasó, no cómo se llama.
Con el nombre completo, el lugar del hecho y la dependencia donde está, averiguo qué fiscalía interviene, con qué figura se inició la causa y cuándo es la primera audiencia. La primera conversación no tiene costo.
Actualizado en septiembre de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera entrevista es sin cargo.