Inicio Laboral
Es el área donde los plazos se pierden más rápido y más silenciosamente: hay reclamos que se caen por no haber enviado un telegrama a tiempo, y otros por haber firmado un papel.
Si seguís trabajando ahí o no. Varias indemnizaciones exigen intimar mientras la relación está vigente. Después del despido, esa puerta se cierra.
Antes de cobrar la liquidación, consultá. Las reglas cambiaron en 2026 y ya no es cierto lo que mucha gente todavía repite (que cobrar no compromete nada). Hoy el cobro de la indemnización por despido sin causa puede cerrar los reclamos vinculados a ese despido.
Es una conversación de una entrevista y no cuesta nada. Cobrar sin haberla tenido puede costar todo el reclamo.
Antes de renunciar, consultá. Quien renuncia no cobra indemnización por despido.
Cuando la situación es insostenible, la vía no es renunciar sino intimar por escrito y, si el empleador no corrige, considerarse despedido. Eso genera las mismas indemnizaciones que un despido sin causa.
Ley de Contrato de Trabajo, arts. 242 y 246.
Es lo primero que pregunta casi todo el mundo, en voz baja, y la respuesta es buena: la Ley de Contrato de Trabajo establece el beneficio de gratuidad a favor del trabajador y de sus derechohabientes en los procedimientos judiciales y administrativos derivados de su aplicación.
Dicho simple: reclamar no cuesta una tasa. La falta de dinero no es el motivo para no hacer el reclamo, y no debería ser el motivo para no venir a preguntar.
Ley de Contrato de Trabajo, art. 20.
Conviene saberlo desde el principio, porque cambia la expectativa. Desde la reforma de 2026, las sentencias laborales se pagan en cuotas: hasta seis en el caso de las grandes empresas y hasta doce en el de las PyMEs.
Los créditos, mientras tanto, se actualizan por el índice de precios más un tres por ciento anual. Pero la plata no llega toda junta el día que se gana, y esa es una de las cosas que más sorprende a quien esperó años el juicio.
El reclamo civil por daños derivados de un accidente de trabajo prescribe a los dos años, y ese plazo corre mientras la persona transita el circuito administrativo de la ART.
Mucha gente completa todo el trámite, cobra la tarifa y recién entonces se entera de que existía otra vía, cuando ya venció.
Consultar temprano no obliga a iniciar nada. Solo preserva la opción, que es lo que después no se recupera.
Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué te está pasando, no cómo se llama.
Contame si seguís trabajando ahí, desde cuándo y cómo estás registrado. Esos tres datos definen qué se puede hacer hoy. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en septiembre de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho laboral en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.