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Soy empleador

Un reclamo laboral se gana o se pierde mucho antes de que llegue la demanda: se define en cómo se registró, cómo se documentó y cómo se contestó la primera carta.

Me llegó un telegrama

Es el momento más importante de todo el conflicto y el que más seguido se maneja mal. Los plazos para contestar son cortos, y el silencio tiene consecuencias: frente a una intimación concreta, no responder puede leerse como que los hechos no se discuten.

Contestar bien tampoco es responder cualquier cosa rápido. Una respuesta que reconoce sin querer, o que invoca una causa que después no se puede sostener, deja al empleador peor que el silencio.

Antes de despedir

Es la consulta más barata que existe y la que más plata ahorra. La diferencia entre un despido preparado y uno improvisado se mide en años de juicio y en un número final que no se parece.

  • Qué corresponde pagar, con la base correcta y todos los rubros.
  • Si hay alguna protección especial corriendo: licencia, embarazo, matrimonio, representación gremial.
  • Cómo se comunica, sobre todo si se va a invocar una causa: lo que no se escribe en esa carta, después no se puede usar.
  • Qué documentación conviene tener ordenada antes y no después.

Revisar antes de que haya conflicto

Registración, categorías, convenio aplicable, horarios, licencias. La mayoría de los reclamos que llegan a juicio no nacen de una mala intención: nacen de cosas que se hicieron de una manera durante años y nadie revisó.

Ordenar eso mientras no hay conflicto cuesta una fracción de lo que cuesta discutirlo después, y es un trabajo que se puede hacer de a poco.

Lo que cambió y conviene revisar ya

Hubo dos reformas seguidas: 2024 y 2026

La Ley 27.742 derogó en 2024 varias sanciones por mala registración que hacían de los reclamos laborales algo mucho más caro.

Y en marzo de 2026 la Ley 27.802 reescribió buena parte del régimen. Para un empleador, lo que más pesa: la indemnización pasó a ser única reparación, se acotó la responsabilidad entre empresas relacionadas a los casos de maniobras fraudulentas, se amplió la facultad de modificar condiciones, apareció el Fondo de Asistencia Laboral con aportes obligatorios desde junio de 2026, y las sentencias pasaron a pagarse en cuotas.

Nada de esto significa que ahora dé lo mismo. Significa que la cuenta que alguien hizo hace dos años ya no es la correcta, y que conviene revisar antes de decidir.

Cómo se aplica según la fecha del hecho todavía se discute en los tribunales. Por eso el primer dato de la consulta es siempre la fecha.

Preguntas frecuentes

Me llegó un telegrama y no sé qué contestar

Contestar mal o no contestar suele costar más que el reclamo original. Los plazos para responder son cortos: traelo el mismo día.

Quiero despedir a alguien y hacerlo bien

Es la consulta más barata y la que más plata ahorra. La diferencia entre un despido bien hecho y uno improvisado se mide en años de juicio.

Tengo gente sin registrar y quiero regularizar

Se puede ordenar antes de que haya un conflicto, y esa es siempre la posición más conveniente.

Me reclaman por alguien que trabajó para un contratista

Puede extenderse, y la reforma de 2026 acotó el estándar: entre empresas relacionadas se responde sólo cuando hubo maniobras fraudulentas. En la subcontratación, en cambio, la exigencia es de control: hay que poder mostrar el CUIL, los pagos a la seguridad social, las remuneraciones y la cobertura de riesgos de la gente del contratista.

Es una de las cosas que más cambió de sentido: hoy el que verifica y guarda constancia está en una posición muy distinta del que confió y no pidió nada.

¿Conviene arreglar o ir a juicio?

Depende del caso y de la prueba de cada lado. Lo que no conviene es decidirlo sin haber hecho la cuenta de los dos escenarios.

¿Tenés un reclamo laboral o querés prevenirlo?

Si te llegó un telegrama, traelo el mismo día. Si querés revisar cómo está todo antes de que aparezca un problema, también se puede. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho laboral en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
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