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El reintegro del pasaje repara el precio. El daño del viaje frustrado es un reclamo aparte, y suele quedar sin hacer.
En materia aérea conviven el régimen específico del contrato de transporte aéreo de pasajeros, que regula las opciones y la asistencia debida, y la Ley 24.240, que rige la relación de consumo y habilita la reparación integral del daño.
Para los vuelos internacionales se aplica además el Convenio de Montreal, aprobado por la Ley 26.451, que regula la responsabilidad del transportista por retraso, pérdida y avería de equipaje, y establece topes de indemnización.
La actividad de las agencias de viajes tiene su propio régimen en la Ley 18.829, que incluye un fondo de garantía.
La compañía ofrece el reintegro del pasaje, la persona lo acepta y el asunto se cierra. Pero el pasaje es lo menos costoso de un viaje frustrado.
Las noches de alojamiento perdidas, las excursiones abonadas, la conexión que no se tomó, los días de licencia consumidos, el evento al que se viajaba. Todo eso es daño reclamable, y en materia turística el daño moral tiene un reconocimiento consolidado, porque lo que se frustra es la finalidad misma del contrato.
La mayoría de los reclamos de esta materia admite el plazo general de prescripción. El equipaje, no.
El Convenio de Montreal fija plazos acotados para protestar por avería o retraso, y el parte de irregularidad debe formularse antes de retirarse de la zona de equipajes. Vencidos esos plazos, la posibilidad de accionar contra el transportista se restringe severamente.
Es la única parte de esta materia donde postergar el reclamo lo cancela.
Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué te está pasando, no cómo se llama.
El pasaje es una parte del reclamo, y en general la menor. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa del consumidor y fraude digital en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.