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Abogada de patrimonio familiar en Buenos Aires

Casi todo lo de esta materia se hace antes del problema. Después, las mismas herramientas ya no sirven.

Casi todo esto se hace antes, no después

Es el rasgo común de esta materia. La afectación de la vivienda protege frente a los acreedores posteriores, no frente a los que ya existen. El fideicomiso constituido cuando ya hay deudas es atacable por fraude. La declaración del origen del dinero se hace al comprar, no cuando la discusión aparece. Las directivas anticipadas se otorgan mientras la persona puede hacerlo.

Por eso son gestiones que conviene hacer cuando todavía no parecen necesarias, y que cuestan bastante menos que el conflicto que evitan.

El régimen primario se aplica siempre

Los artículos 454 a 462 del Código Civil y Comercial son inderogables por convención de los cónyuges y rigen tanto en comunidad como en separación de bienes.

Comprenden el deber de contribución, la protección de la vivienda familiar del artículo 456, que exige el asentimiento del otro cónyuge cualquiera sea la titularidad, y la responsabilidad por deudas del artículo 461, que establece la solidaridad únicamente para las necesidades ordinarias del hogar y la educación de los hijos comunes. Fuera de esos casos, ninguno de los cónyuges responde por las obligaciones del otro.

Qué trabajo en esta área

Conviene tenerlo en cuenta

Vender a un hijo por dos pesos no evita nada

El artículo 2461 del Código Civil y Comercial contempla expresamente la operación que más se intenta: vender un bien a un hijo por un precio simbólico reservándose el usufructo.

Frente a ella, la ley presume sin admitir prueba en contrario la gratuidad del acto y la intención de mejorar al beneficiario. El valor se imputa a la porción disponible y el excedente se colaciona.

La maniobra no evita ninguna de las consecuencias que buscaba evitar, y agrega el riesgo de ser atacada por simulación. Conviene conversar la alternativa antes.

Contame qué es lo que querés asegurar

De esa respuesta depende cuál es la herramienta que conviene, y varias se resuelven en una sola gestión. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en septiembre de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de planificación patrimonial y familiar en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
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