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Bancos, tarjetas y créditos

La relación con una entidad financiera es una relación de consumo, y eso cambia por completo el equilibrio de la discusión.

Por qué la posición del usuario es más fuerte de lo que parece

Frente a un banco la sensación habitual es de desventaja: del otro lado hay estructura, abogados y un contrato que la persona no redactó. En términos jurídicos, sin embargo, la relación de consumo invierte varias reglas que normalmente favorecerían a la entidad.

El artículo 3 de la Ley 24.240 ordena interpretar la ley en el sentido más favorable al consumidor. El artículo 37 declara no convenidas las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones o limitan la responsabilidad por daños. El artículo 53 pone en cabeza del proveedor el deber de aportar todo lo que tenga para esclarecer los hechos. Y el artículo 36 enumera, con un detalle poco frecuente, qué debe informarse en toda operación de crédito, bajo pena de nulidad.

Los reclamos que más se repiten

Cargos que nunca se consintieron, condiciones de crédito que no eran las informadas, bajas que se piden y no se concretan, seguros que aparecen en el resumen sin contrato, cobranzas que exceden todo límite razonable, y ejecuciones judiciales que llegan sin que la persona haya podido discutir la composición de la deuda.

Todos comparten un rasgo: la desproporción entre lo que el reclamo requiere de tiempo y energía y el monto individual en juego. Esa desproporción es la que hace que muchas situaciones no se reclamen, y por eso la ley previó el beneficio de justicia gratuita y el daño punitivo.

Lo que conviene saber

El reclamo del consumidor cuenta con justicia gratuita

El artículo 53 de la Ley 24.240 establece que las actuaciones judiciales promovidas por consumidores en defensa de sus derechos gozan del beneficio de justicia gratuita.

Es una previsión pensada precisamente para las situaciones en las que el costo de reclamar se aproxima al monto reclamado. Su alcance concreto ha sido objeto de discusión, pero el principio está en la ley y es uno de los elementos a considerar antes de descartar un reclamo por su magnitud.

El monto individual no siempre es la medida correcta para decidir si conviene reclamar.

Las situaciones que entran acá

Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué te está pasando, no cómo se llama.

Traiga los resúmenes y el contrato

Con esa documentación se identifica qué corresponde reclamar y por qué vía. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa del consumidor y fraude digital en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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