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Son bienes y se heredan como cualquier otro. Pero hay una diferencia que ningún otro bien tiene, y conviene saberla antes de empezar a buscar.
Jurídicamente esto no tiene misterio. Lo que la persona tenía forma parte de la herencia, se denuncia entre los bienes y se reparte como el resto. El problema no es de derecho: es que hay que encontrarlo y hay que poder acceder.
Si estaba en una plataforma o exchange, hay una empresa del otro lado. El camino se parece bastante al del banco: se acredita la calidad de heredero, se pide informe del saldo y se gestiona la entrega. Cada plataforma tiene su procedimiento y sus tiempos, y algunas están en el exterior, lo que agrega pasos.
Si estaba en una billetera propia, la que se maneja con una frase de recuperación, la situación es distinta y hay que decirla sin vueltas: si nadie tiene esa frase, no hay forma de acceder. No es un obstáculo procesal que se salva con un oficio ni una negativa que se apele. No hay a quién ordenarle nada.
Es la única clase de bien que puede perderse por completo, y no decirlo sería hacerle perder tiempo y dinero a la familia.
Cuentas de negocio, dominios, canales con ingresos, saldos en billeteras virtuales. Algunos tienen valor económico y entran en la herencia; otros son cuentas personales cuyo acceso está regido por las condiciones de cada servicio.
Conviene separarlos desde el principio: lo que tiene valor patrimonial se denuncia y se reparte; lo demás se resuelve con la plataforma según sus propias reglas.
En todos los demás bienes, la falta de previsión hace la sucesión más lenta y más cara. Acá hace algo distinto: el bien directamente no se hereda.
Dejar previsto dónde está y cómo se accede no exige un instrumento complicado, pero sí exige hacerlo. Y conviene pensarlo junto con el resto, porque una frase de recuperación guardada de cualquier manera es un riesgo en vida.
Es de las pocas cosas donde una consulta corta hoy evita una pérdida total mañana.
Es lo más común. Se empieza por el rastro que dejan: movimientos bancarios hacia plataformas, correos de las exchanges, aplicaciones en el celular y las declaraciones ante el fisco. Está en no sé qué bienes dejó.
Si estaba en una billetera propia y nadie tiene la frase de recuperación, hoy no hay forma técnica ni judicial de acceder. Es la única clase de bien que puede perderse del todo, y por eso conviene decirlo con claridad.
Cambia mucho. Ahí hay una empresa con la que se puede gestionar, y el camino es el mismo que con un banco: acreditar la calidad de heredero y pedir la entrega. Está en el banco no me deja tocar la cuenta.
Sí. Son bienes y forman parte del acervo, con las consecuencias que eso tiene para el reparto y para lo que se tributa.
Es una de las pocas cosas donde la planificación es decisiva, porque sin ella el bien no se hereda. Está en quiero dejar todo ordenado.
Traé los resúmenes bancarios de los últimos años y contame qué se sabe: qué plataformas usaba, si dejó algo anotado y quién tenía acceso al celular. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de sucesiones en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.