La capacidad se presume, las limitaciones son excepcionales y el juez especifica qué actos concretos se restringen, designando apoyos para el ejercicio de los demás.
La sustitución total de la voluntad quedó como último recurso, para casos en que la persona está absolutamente imposibilitada de expresarla.
Código Civil y Comercial, arts. 31 a 43.
La persona puede designar por anticipado quién será su apoyo o su curador si alguna vez lo necesita, y esa elección prevalece sobre la que haría el juez.
Lo mismo vale para los hijos: los progenitores pueden nombrar tutor por escritura pública o por testamento.
Son decisiones que se toman una sola vez, cuestan poco y evitan que las tome un desconocido en el peor momento.
Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué te está pasando, no cómo se llama.
Contame la situación concreta y qué informes médicos hay. En internaciones, los plazos se cuentan en horas. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.