Inicio Familia Capacidad y salud mental Quiero dejar designado quién cuidaría a mis hijos
Es uno de los trámites más simples que existen y de los que menos se hacen, porque obliga a pensar en algo que nadie quiere pensar.
Cualquiera de los progenitores que no esté privado de la responsabilidad parental puede nombrar tutor o tutores a sus hijos menores de edad, sea por testamento o por escritura pública.
Y el juez debe respetar esa designación, salvo que resulte contraria al interés del niño.
Código Civil y Comercial, arts. 106 y 107.
Si no hay designación, el juez elige entre los parientes u otras personas idóneas, ponderando la relación afectiva con el niño, la aptitud para la tarea y la opinión del propio chico.
El problema no es que no haya solución: es que la decisión la toma otro, y muchas veces en medio de un conflicto familiar abierto justo cuando el chico acaba de perder a un progenitor.
Una designación que solo dice un nombre resuelve la mitad. Conviene dejar asentado por qué esa persona, qué vínculo tiene con los chicos y cómo se piensa la crianza.
Y, cuando hay una razón seria, también puede dejarse expresado quién no debería quedar a cargo. Un juez lo va a ponderar.
Es un documento corto, no cuesta casi nada hacerlo, y es de las pocas decisiones que se toman una sola vez y valen para siempre.
Si el otro progenitor conserva la responsabilidad parental, la tutela no se abre: los hijos quedan a su cargo. La designación opera cuando ninguno de los dos puede ejercerla.
Sí, en cualquier momento, del mismo modo en que se hizo. Conviene revisarla cuando cambian las circunstancias familiares.
Sí. Lo que se pondera es la idoneidad y el vínculo afectivo con el chico, no el parentesco.
Puede hacerse por testamento o por escritura pública. Muchas veces se aprovecha para dejar ordenado también lo patrimonial.
Es un trámite corto y se hace una sola vez. Contame la situación familiar y vemos cuál es la vía más simple. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.