Inicio Consumo y fraude digital Bancos y créditos Me embargaron el sueldo
Es de las pocas cosas que se resuelven rápido. No hay que esperar a que el juicio termine: el embargo se discute aparte y ya.
El sueldo no se puede embargar entero. La ley fija cuánto es lo máximo que puede retenerse, y ese tope depende de dos cosas: cuánto se cobra, y cuánto de eso supera el salario mínimo vital y móvil.
La parte que no llega a ese mínimo, en principio, no se toca. Y por encima, la retención tiene porcentajes máximos.
Es frecuente que el descuento que llega al recibo sea mayor del que corresponde, sobre todo cuando hay más de un embargo encima. Eso se reduce, y se reduce rápido.
Acá hay una confusión que cuesta cara. Una cuenta bancaria común puede embargarse. La cuenta donde se acredita el sueldo tiene una protección propia, justamente porque ahí entra lo que ya viene con su propio límite de embargabilidad.
Cuando el banco bloquea la cuenta entera (y no queda ni para el supermercado) casi siempre hay algo mal hecho: o se trabó sobre una cuenta que no correspondía, o se retuvo por encima del tope. Se pide la liberación y se pide con urgencia.
Lo primero es urgente y se resuelve solo. Lo último puede terminar con la deuda discutida de raíz.
La escena se repite: la persona se entera de que tiene un juicio el día que ve el descuento en el recibo. Nunca recibió una carta, nunca fue a un tribunal, nunca pudo defenderse.
Eso no es un detalle: si la notificación se hizo a un domicilio donde ya no vivía, o de una manera que no corresponde, se puede discutir todo el juicio, no sólo el embargo. Y a veces la deuda ya estaba prescripta.
Por eso lo primero no es negociar con quien llama a cobrar: es pedir el expediente y leerlo.
No todo. Hay un tope legal que depende de cuánto cobrás y de cuánto supera el salario mínimo. Descontar de más es motivo para pedir la reducción.
La cuenta donde se acredita el sueldo tiene una protección propia y no puede embargarse como una cuenta común. Si la bloquearon entera, se pide la liberación.
Pasa seguido y es importante: si la notificación no llegó bien, se puede discutir todo el juicio, no sólo el embargo.
Es de las cosas más rápidas que hay: se pide como incidente y se resuelve sin esperar a que termine el juicio.
Entonces hay que acreditar el pago y pedir el levantamiento. Que la deuda esté saldada no levanta el embargo solo: alguien tiene que pedirlo.
Traé el recibo con el descuento y, si lo tenés, cualquier papel del juicio. Con eso se ve en el momento si el descuento está bien hecho. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa del consumidor y fraude digital en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.