Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
11 3583‑7082

Guardia penal 24 horas

Si te detuvieron a un familiar, llamame a la hora que sea e iré rápidamente.
11 3657‑1048

Inicio Defensa penal Choqué Choqué y falleció una persona

Choqué y falleció una persona

Es la peor situación que puede atravesar alguien que salió a manejar sin ninguna intención de dañar a nadie. Y es una causa que se define, en buena medida, en las primeras setenta y dos horas.

La figura y sus agravantes

Cuando del accidente resulta la muerte de una persona, la figura es el homicidio culposo, con una escala mayor cuando se produce por la conducción imprudente de un vehículo con motor.

La ley prevé además agravantes que elevan sensiblemente el mínimo, entre ellos darse a la fuga o no intentar socorrer a la víctima, conducir bajo los efectos de estupefacientes o con determinado nivel de alcohol en sangre, circular con un exceso de velocidad importante, hacerlo estando inhabilitado, violar la señal del semáforo o participar de una prueba de velocidad no autorizada.

Código Penal, arts. 84 y 84 bis.

Por qué la carátula inicial no es la última palabra

En estas causas la calificación suele fijarse en las primeras horas, con la información que hay en ese momento, que es poca y muchas veces confusa.

Los agravantes son circunstancias que hay que acreditar, no etiquetas que se aplican solas. La velocidad real, el nivel de alcohol y el respeto de la señalización se determinan con pericia, no con la impresión del acta inicial.

Discutir el encuadre desde el principio cambia por completo el escenario, porque de él dependen la escala aplicable y las medidas que se dicten mientras la causa tramita.

Lo primero, incluso antes que la defensa técnica

Quedarse y auxiliar

Lo digo porque es la diferencia más grande que puede haber en una causa de estas: irse del lugar es un agravante expreso, y según las circunstancias puede además configurar un delito distinto y más grave que el propio accidente.

Quien se queda, auxilia y da aviso está en una posición jurídica incomparablemente mejor que quien se fue, aunque el hecho haya sido idéntico.

Si ya ocurrió y la persona se fue, no todo está perdido, pero es lo primero que hay que trabajar. Está explicado en me fui del lugar del accidente.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Inmediato

    Consultá antes de declarar

    Es una causa donde lo que se dice en las primeras horas condiciona todo lo que viene.

  2. Primeras 48 horas

    Asegurá la prueba técnica

    Vehículos sin reparar, cámaras preservadas, fotos del lugar y de la señalización.

  3. Con urgencia

    Designá perito de parte

    La pericia accidentológica es la prueba central y no conviene dejarla sin control.

  4. Revisá

    Cada agravante que se imputa

    Velocidad, alcoholemia, semáforo. Cada uno hay que acreditarlo y cada uno se puede discutir.

Preguntas frecuentes

¿Voy a ir preso?

Depende de la figura concreta, de si se aplican agravantes y de las circunstancias personales. La escala del homicidio culposo agravado es alta, y por eso lo primero que se trabaja es el encuadre.

La persona cruzó de manera imprudente

La conducta de la víctima integra el análisis causal y puede ser determinante. Se acredita con la pericia y con las cámaras, no con el relato.

Me hicieron el test de alcoholemia horas después

El momento en que se toma la muestra y el procedimiento seguido son puntos que se discuten, porque de eso depende que el resultado refleje el estado al momento del hecho.

¿Sirve reparar el daño a la familia?

Es relevante en la evaluación del caso, aunque en las figuras con escalas altas no habilita por sí solo las mismas salidas que en otras. Se evalúa junto con todo lo demás.

¿Tuviste un accidente con una víctima fatal?

Llamá antes de declarar. Es la situación donde las primeras horas más pesan, y donde la carátula inicial más veces se puede discutir. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
Guardia 24 horasTe atiendo yo, no un contestador.
Honorarios clarosPresupuesto por escrito antes de empezar.
Primera entrevista sin cargo
WhatsApp Llamar Urgencias 24/7