Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
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Inicio Defensa penal Hubo una pelea Me defendí y el imputado terminé siendo yo

Me defendí y el imputado terminé siendo yo

Es una de las situaciones más injustas del sistema: alguien es agredido, se defiende, y termina siendo la persona imputada mientras el agresor figura como víctima.

Los tres requisitos

La ley no castiga a quien obra en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurran estas circunstancias.

  • Agresión ilegítima. Que haya existido un ataque antijurídico, actual o inminente.
  • Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. No exige proporción matemática: exige racionalidad según la situación.
  • Falta de provocación suficiente por parte de quien se defiende.

Código Penal, art. 34 inc. 6.

El problema no es jurídico, es probatorio

La ley es clara. Lo difícil es otra cosa: la causa entra caratulada como lesiones, y la justificación hay que acreditarla.

Quien se defendió suele quedar en la peor posición inicial: es el que quedó en el lugar, el que a veces tiene el arma o el objeto en la mano, y el que menos daño recibió.

Por eso lo que decide es la prueba de los primeros días: los testigos, las cámaras de la cuadra, las lesiones propias documentadas y los antecedentes de la relación entre las partes cuando existían.

Una situación que la ley trata aparte

Si entraron a tu casa de noche

El Código contempla expresamente un supuesto: se entiende que concurren las circunstancias de la legítima defensa respecto de quien durante la noche rechaza el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa o departamento habitado, cualquiera sea el daño causado al agresor.

Y también respecto de quien encuentra a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia.

Aun así, la causa entra igual y hay que sostener el planteo con prueba. Pero es una previsión legal expresa, no una interpretación, y conviene invocarla desde el primer escrito.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Ese mismo día

    Hacete revisar y documentá tus lesiones

    Aunque parezcan menores. Es la prueba de que hubo agresión y se pierde en días.

  2. Inmediato

    Pedí que se preserven las cámaras

    Las de la cuadra, las de los comercios, las del edificio. Se borran solas en poco tiempo.

  3. Anotá

    Quiénes estaban y qué vieron

    Los testigos se dispersan y después son imposibles de ubicar.

  4. Si había historia previa

    Reuní las constancias

    Denuncias anteriores, mensajes, amenazas. Muestran quién venía agrediendo a quién.

Preguntas frecuentes

Me defendí pero le pegué de más

Puede tratarse de un exceso en la defensa, que la ley trata de manera atenuada y no como un hecho común. Es un planteo distinto del de la legítima defensa completa y conviene ordenarlos bien.

Yo no tenía lesiones y él sí

Es la situación habitual y no descarta la defensa: quien se defiende con éxito, a veces sale sin marcas. Lo que hay que probar es la agresión, no el daño propio.

Usé un objeto que tenía a mano

La ley exige necesidad racional del medio, no equivalencia exacta de armas. Se evalúa en el contexto: la sorpresa, la diferencia física, la cantidad de agresores.

¿Puedo defender a otra persona?

Sí. La ley contempla también la defensa de un tercero, con requisitos equivalentes.

¿Te defendiste y quedaste imputado?

Contame qué pasó y en qué orden. Si fue hace pocos días, hay prueba que todavía se puede asegurar y que en una semana ya no va a estar. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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