Inicio Defensa penal Hubo una pelea
Una pelea que duró treinta segundos puede terminar en una causa que dura tres años. Lo que define su gravedad no es cómo empezó, sino qué quedó escrito en el parte médico.
El Código distingue las lesiones según el daño que produjeron: leves, graves y gravísimas, con escalas muy diferentes.
Lo que marca el límite es el informe médico: cuántos días de curación demandó, si hubo debilitamiento permanente de un sentido o de un órgano, si quedó una secuela. Por eso el parte inicial y las constancias posteriores son la prueba central.
Código Penal, arts. 89, 90 y 91.
Quien se defiende de una agresión actual e ilegítima, usando un medio racional para impedirla y sin haberla provocado, no comete delito.
El problema no es jurídico sino probatorio: el caso entra caratulado como lesiones, y la justificación hay que acreditarla. Ahí lo que decide son los testigos, las cámaras y el orden en que ocurrieron las cosas.
Código Penal, art. 34 inc. 6.
Hay un caso que merece ser nombrado por separado: el de quien estaba en su casa, de noche, y despertó con alguien adentro.
Esa causa entra caratulada igual que cualquier otra, muchas veces con una figura grave, y desde el primer día hay que trabajar para que el expediente refleje lo que realmente pasó.
Es una de las situaciones que tomo sin dudarlo, y una de las que más se malinterpretan en los primeros días de la causa.
Las nueve tienen su página con el detalle. Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué pasó, no cómo se llama.
Contame qué figura aparece en la carátula y si hay parte médico. De esos dos datos depende todo lo que se puede plantear. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.