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Inicio Defensa penal Choqué Falleció alguien por un descuido en mi trabajo

Falleció alguien por un descuido en mi trabajo

Es la contracara de la misma figura del accidente de tránsito: nadie fue a trabajar con intención de que alguien muriera. Lo que se juzga es el deber de cuidado de esa actividad.

La misma figura, otro contexto

El homicidio culposo alcanza a quien causa la muerte de otro por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión, o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo.

Eso incluye la actividad médica, la construcción, la industria y cualquier ámbito donde exista una regla técnica que cumplir.

Código Penal, art. 84.

Dónde se discute cada caso

En la actividad médica, la discusión pasa por si la conducta se ajustó a la práctica correcta según el estado del conocimiento y los medios disponibles en ese momento y en ese lugar. Se resuelve con la historia clínica y con pericia especializada.

En obra y en la industria, pasa por la cadena de responsabilidades: quién tenía a cargo la seguridad, qué protocolos existían, si estaban documentados y si se controlaba su cumplimiento.

En los dos casos, la imputación suele alcanzar de entrada a más personas de las que corresponde, y buena parte del trabajo es delimitar quién tenía realmente el deber.

El punto que más veces reencauza la causa

Cumplir el protocolo es la mejor defensa que existe

La figura castiga apartarse del deber de cuidado. La contracara es directa: quien puede acreditar que siguió la regla técnica aplicable tiene la defensa más sólida posible, aunque el resultado haya sido desgraciado.

Y esa acreditación es documental: los registros de capacitación, las entregas de elementos de protección, las actas de control, la historia clínica completa, los consentimientos.

Por eso lo primero, incluso antes de declarar, es asegurar el acceso a esa documentación, que suele estar en poder de la empresa o de la institución y no de la persona imputada.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Inmediato

    Asegurá copia de toda la documentación

    Historia clínica, protocolos, registros de capacitación y de entrega de elementos.

  2. Definí

    Quién tenía el deber

    La imputación suele ser más amplia de lo que corresponde. Delimitarlo es la mitad del trabajo.

  3. Antes de la pericia

    Designá perito de la especialidad

    En estas causas la pericia técnica decide, y tiene que ser de la misma disciplina.

  4. Con cuidado

    No declares sin el expediente leído

    Una explicación técnica improvisada se usa después en contra.

Preguntas frecuentes

Seguí el protocolo y el resultado igual fue malo

Es la defensa más sólida en esta materia. La figura castiga apartarse del deber de cuidado, no el resultado adverso. Lo que hay que poder acreditar es el cumplimiento, y eso es documental.

Éramos varios responsables

Es lo habitual y también lo que hay que delimitar. La responsabilidad penal es personal: quién tenía efectivamente a su cargo ese deber, con qué facultades y con qué medios.

La empresa tiene la documentación y no me la da

Es una situación frecuente y hay maneras de obtenerla en el expediente. Conviene plantearlo temprano, antes de que esa documentación se vuelva difícil de conseguir.

¿Esto lo cubre el seguro de mala praxis?

La cobertura suele alcanzar la responsabilidad civil. La causa penal es personal y se defiende aparte, aunque las dos avancen en paralelo.

¿Te imputan un hecho culposo en tu actividad?

Contame qué ocurrió y qué documentación existe sobre los procedimientos. Asegurar ese material es lo primero, antes que cualquier declaración. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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