Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
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Me acusan de robo agravado

El robo simple va de un mes a seis años. Cualquiera de las circunstancias del artículo 167 lleva la escala a tres a diez años, y con ella cambia todo lo que sigue: la situación de libertad durante el proceso y el horizonte de la pena.

Primero, qué es robo

Robo es apoderarse ilegítimamente de una cosa mueble ajena con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del hecho para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar la impunidad. La pena es de prisión de un mes a seis años.

Sin fuerza y sin violencia no hay robo: hay hurto. Es la primera discusión de toda causa de este tipo.

Código Penal, art. 164.

Las circunstancias que llevan la escala a tres a diez años

  • En despoblado: el fundamento del agravante es que la víctima no puede recibir auxilio.
  • En lugares poblados y en banda: las dos condiciones son necesarias, y van juntas.
  • Con perforación o fractura de pared, cerco, techo, piso, puerta o ventana de un lugar habitado o de sus dependencias inmediatas.
  • Cuando concurre alguna de las circunstancias del hurto agravado: ganzúa o llave falsa, escalamiento, mercadería en tránsito, vehículos dejados en la vía pública, el campo o el aprovechamiento de un desastre.

Código Penal, art. 167.

Lo que se discute primero

Cada agravante tiene requisitos propios, y hay que exigirlos

El primer trabajo de la defensa es verificar que esos requisitos estén acreditados uno por uno. La perforación exige una defensa preexistente de un lugar habitado. El despoblado se mide por la posibilidad concreta de recibir auxilio. Y la banda, en lugar poblado, es la que más discusión genera, porque el Código no la define en el capítulo del robo.

Lo que hago primero es separar el hecho de su etiqueta: qué se rompió exactamente, sobre qué, cuántas personas intervinieron y qué hizo cada una.

La calificación no es una discusión académica: de ella dependen la situación de libertad durante el proceso y el piso de la pena.

Estar en el lugar no es haber participado

En los hechos con varios imputados, la calificación suele imputarse en los mismos términos a todos. El aporte de cada uno debe acreditarse en concreto, y no se presume por la sola presencia. Es la misma discusión que se explica en me acusan de un robo que no cometí.

Cuando además se imputa haber integrado una organización, el planteo tiene su propia página: me acusan de asociación ilícita.

Si el hecho quedó en grado de tentativa

Cuando la ejecución comenzó y no se consumó por circunstancias ajenas a la voluntad de quien la emprendió, la pena del delito consumado se disminuye de un tercio a la mitad. Sobre una escala de tres a diez años, esa reducción cambia el panorama por completo.

Código Penal, arts. 42 y 44.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Ya

    Revisar la calificación

    Qué agravante se aplicó y con qué elementos concretos se sostiene.

  2. Primeras horas

    Pedir las filmaciones y las pericias

    Lo que muestre cómo se ingresó y qué se rompió, si es que se rompió algo.

  3. Antes de declarar

    Definir la posición

    Una declaración se prepara con el expediente a la vista, nunca en el momento.

  4. En paralelo

    Trabajar la situación de libertad

    Arraigo, trabajo y domicilio son los datos que se piden y hay que reunirlos.

Preguntas frecuentes

Éramos tres, ¿eso ya es banda?

No es automático. El Código no define la banda en el capítulo del robo: la única definición que trae, al tipificar la asociación ilícita, habla de una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos. Es una de las calificantes que más se discute y conviene discutirla desde el principio.

Forcé una puerta, ¿es perforación o fractura?

El agravante exige que la perforación o fractura sea de una pared, cerco, techo, piso, puerta o ventana de un lugar habitado o de sus dependencias inmediatas. Si el lugar no estaba habitado o el daño no recayó sobre esa clase de defensa, el supuesto no se configura.

¿Qué quiere decir despoblado?

No es cualquier lugar solitario ni cualquier horario. La razón del agravante es la imposibilidad de recibir auxilio, y eso se evalúa sobre el lugar concreto del hecho, no sobre la impresión general de la zona.

La causa dice robo, pero yo no ejercí ninguna violencia

El robo exige fuerza en las cosas o violencia física sobre las personas, sea antes del hecho para facilitarlo, en el acto o después para procurar la impunidad. Si nada de eso ocurrió, el hecho es hurto, con una escala mucho menor.

¿Te imputan un robo agravado?

Contame qué agravante aplicaron y con qué prueba. Con eso se ve si la calificación se sostiene y qué conviene plantear primero. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en septiembre de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera entrevista es sin cargo.

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