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Lo que dijeron de mí, o lo que dije yo

Es de las consultas más frecuentes y de las que más seguido terminan en una respuesta que nadie espera: que lo que dijeron, aunque duela, probablemente no sea delito.

Calumnia e injuria no son lo mismo

Calumnia es la falsa imputación a una persona determinada de un delito concreto y circunstanciado. No alcanza con decir que alguien es un delincuente: hay que atribuirle un hecho preciso.

Injuria es deshonrar o desacreditar intencionalmente a una persona determinada. Es más amplia y no requiere imputar ningún delito.

Código Penal, arts. 109 y 110.

Lo que la reforma de 2009 dejó afuera

La ley establece que en ningún caso configuran delito las expresiones referidas a asuntos de interés público ni las que no sean asertivas.

La consecuencia es concreta: una opinión, por dura que sea, difícilmente configure delito, y lo que se dice sobre la actuación pública de alguien está protegido. Lo que sí puede constituir delito es la afirmación de un hecho falso sobre la vida privada de una persona determinada.

Conviene saberlo antes de empezar

La pena es una multa, y lo que se busca es otra cosa

Desde 2009 estas figuras dejaron de tener pena de prisión, y los montos de multa quedaron fijados en aquel año, sin actualización.

Por eso quien querella por su honor no lo hace por la multa. Lo que se busca es la declaración judicial de que lo que se dijo era falso, la retractación pública y, cuando la difusión fue por medios de prensa, la publicación de la sentencia.

Y hay un segundo camino que suele ser más eficaz para reparar el daño económico: el reclamo civil, que se rige por sus propias reglas y no depende de que exista condena penal. Está explicado en calumnias e injurias.

¿Te querellaron, o querés querellar?

Contame qué se dijo exactamente, dónde y desde cuándo está publicado. Con eso te digo si encuadra en alguna de las dos figuras y si conviene la vía penal o la civil. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
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