Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
11 3583‑7082

Guardia penal 24 horas

Si te detuvieron a un familiar, llamame a la hora que sea e iré rápidamente.
11 3657‑1048

Inicio Querella y víctimas Me robaron

Me robaron: qué hacer y cómo recuperar lo sustraído

En la calle, en casa, el auto en la puerta o la bicicleta atada. Las primeras horas definen qué se puede pedir, qué filmaciones todavía existen y con qué datos la causa puede avanzar.

Qué figura corresponde según cómo fue

La calificación no es un detalle formal: define la escala de la pena y, con ella, las medidas de investigación que corresponden.

  • Hurto: apoderarse de una cosa ajena sin fuerza y sin violencia. Prisión de un mes a dos años.
  • Hurto agravado: de uno a seis años, entre otros supuestos cuando se trata de un vehículo dejado en la vía pública o en un lugar de acceso público, o cuando se usó una ganzúa o una llave falsa.
  • Robo: cuando hubo fuerza en las cosas o violencia física sobre las personas, antes, durante o después del hecho. Prisión de un mes a seis años.
  • Robo agravado: de tres a diez años, entre otros casos cuando se ingresó con perforación o fractura de una pared, un techo, una puerta o una ventana de un lugar habitado o sus dependencias inmediatas.
  • Daño: si además rompieron algo sin llevárselo, prisión de quince días a un año, con supuestos agravados.

Código Penal, arts. 162, 163, 164, 167, 183 y 184.

Lo que hace que una causa avance

Los números son lo que permite encontrar las cosas

Una denuncia que describe el objeto en términos generales deja muy poco margen de búsqueda. Una que dice el IMEI, o el número de serie, o el número de cuadro de la bicicleta, o el dominio y los números de chasis y motor del auto, sí: son los datos con los que se consulta cualquier registro y con los que se reconoce un objeto cuando aparece.

Lo mismo con las filmaciones. Las cámaras privadas suelen guardar muy pocos días, así que lo primero es identificar dónde estaban y pedir que se preserven antes de que el propio sistema las sobrescriba.

Si el robo fue con violencia y quedaron lesiones, conviene atenderse y pedir constancia enseguida, como se explica en me pegaron.

La restitución de lo recuperado

Cuando lo sustraído aparece, se devuelve al damnificado en las mismas condiciones en que se devuelven los objetos secuestrados: tan pronto como dejan de ser necesarios para la causa, y a veces de manera provisional, en depósito, con la obligación de exhibirlo cada vez que se lo requiera. La excepción es que se oponga el poseedor de buena fe de cuyo poder fue secuestrado, y ahí la discusión se abre.

Por eso importa poder acreditar que la cosa es tuya: factura, caja con el número de serie, fotografías anteriores, la publicación donde la compraste.

Código Procesal Penal de la Nación, art. 238.

Si lo encontraste publicado a la venta

Es una situación frecuente, sobre todo con celulares y bicicletas. Lo que conviene es registrar la publicación completa, con su dirección y la fecha, y pedir que se preserve: las publicaciones se dan de baja en horas. No conviene ir a buscar la cosa por cuenta propia ni arreglar una entrega.

Quien adquiere, recibe u oculta cosas provenientes de un delito puede responder por encubrimiento, y la pena se agrava cuando actúa con ánimo de lucro o con habitualidad. La figura está explicada, del lado de quien es acusado de recibirlas, en me acusan de comprar algo robado.

Código Penal, art. 277.

Documentos, patentes y el auto

Si se llevaron el DNI, la denuncia es lo que después se presenta para la reposición y lo que respalda tu situación si alguien lo usa a tu nombre. Con las patentes del auto pasa algo parecido: se denuncia y se tramita la reposición, y la constancia es lo que acredita la situación mientras dura el trámite.

Si te rayaron o rompieron el auto sin llevárselo, el hecho es daño. Qué exige esa figura está explicado, del lado de quien es acusado, en me acusan de romperle algo a alguien.

Cuando quien se llevaba las cosas era un empleado

Es una situación distinta y conviene tratarla como tal. Según cómo haya ocurrido, puede tratarse de un hurto o de una defraudación, y la prueba no es una filmación sino la documentación: inventarios, arqueos, movimientos, comprobantes. Conviene reunirla antes de cualquier confrontación, porque después es habitual que desaparezca.

La decisión laboral y la denuncia penal tramitan por vías distintas, y conviene analizar cada una por separado antes de avanzar con cualquiera de las dos.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Hoy

    Denunciar con los números en la mano

    IMEI, número de serie, número de cuadro, dominio, chasis y motor.

  2. Primeras horas

    Ubicar las cámaras

    Qué comercios y qué vecinos tienen, y pedir que las preserven.

  3. Esta semana

    Reunir lo que acredita la propiedad

    Facturas, cajas, fotos anteriores, el aviso donde lo compraste.

  4. Para seguirla de cerca

    Constituirse en querellante

    Para aportar prueba, pedir medidas y seguir el avance de la causa.

Preguntas frecuentes

¿Sirve de algo hacer la denuncia?

Sirve, y no sólo por la causa: es lo que después se necesita para los trámites de reposición y lo que respalda tu situación si alguien usa a tu nombre lo que se llevaron. Además, sin denuncia no hay pedido de filmaciones ni de registros que puedan preservarse a tiempo.

Encontré lo que me robaron a la venta por internet

No conviene ir a buscarlo ni contactar a quien publica. Lo que sirve es registrar la publicación con su dirección, la fecha y el perfil de quien vende, y pedir que se preserve antes de que la den de baja. Quien adquiere u oculta cosas provenientes de un delito puede responder por encubrimiento.

Entraron a mi casa cuando no estaba

Conviene no tocar ni ordenar nada hasta que se tomen las fotografías y se busquen rastros, y anotar cómo se ingresó: la perforación o fractura de una puerta o ventana de un lugar habitado es una circunstancia que agrava el hecho.

¿Me tienen que devolver lo que aparezca?

Los efectos sustraídos se devuelven al damnificado en las mismas condiciones en que se devuelven los objetos secuestrados, salvo que se oponga el poseedor de buena fe de cuyo poder fueron secuestrados. Por eso conviene acreditar la propiedad con factura, número de serie o fotografías.

¿Te robaron?

Contame qué se llevaron, dónde fue y si ya denunciaste. Con eso se ve qué se puede pedir todavía a tiempo y si conviene presentarse como querellante. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en septiembre de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de querella y representación de víctimas en las dos jurisdicciones. La primera entrevista es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
Guardia 24 horasTe atiendo yo, no un contestador.
Honorarios clarosPresupuesto por escrito antes de empezar.
Primera entrevista sin cargo
WhatsApp Llamar Urgencias 24/7