Inicio Querella y víctimas Me vendieron un auto prendado
El auto se pagó, se firmaron los formularios y, al hacer la transferencia, apareció una prenda, un embargo o una inhibición. Cuando quien vendió lo ofreció como libre sabiendo que no lo estaba, la ley lo trata como una defraudación.
El Código Penal prevé como caso especial de defraudación, con la pena de la estafa, que es de un mes a seis años de prisión, a quien vende como libres bienes que están embargados o gravados, y a quien vende como propios bienes ajenos.
Código Penal, arts. 172 y 173 inc. 9.
Lo que se examina es si el vendedor ofreció el auto como libre sabiendo que tenía una prenda o un embargo. Si lo sabía y lo ocultó para cerrar la venta, hay engaño. Si no lo sabía, la discusión suele ser civil.
Los mensajes previos a la venta, lo que se dijo sobre la situación del auto y lo que se firmó son la prueba que permite distinguir una cosa de la otra.
El Registro de la Propiedad Automotor emite un informe con la situación jurídica del vehículo: si tiene prenda, embargo o denuncia de robo o hurto, y si el titular está inhibido. Se puede pedir en línea.
Si la compra ya se hizo, ese informe también sirve como prueba de la situación registral del auto.
Es otra situación, porque quien compró puede quedar alcanzado por una investigación. Está explicada en encubrimiento.
Quien sufrió la maniobra puede intervenir como querellante, como se explica en ser querellante, y reclamar el dinero dentro de la causa penal, como se explica en reclamar el daño en la causa penal.
En este orden, y sin dejar pasar los días.
Muestra la prenda, el embargo o la inhibición y a nombre de quién está el auto.
Todo lo firmado y cada pago, con sus fechas.
Lo que se dijo sobre la situación del auto antes de la venta.
Con la documentación que muestre qué se sabía al vender.
Puede serlo si quien vendió ofreció el auto como libre sabiendo que estaba prendado o embargado. Si no lo sabía, la discusión suele ser civil.
El Registro de la Propiedad Automotor emite un informe de dominio con la situación jurídica del vehículo: prenda, embargo, denuncia de robo o hurto e inhibiciones del titular. Se puede pedir en línea.
La reparación económica puede reclamarse dentro de la causa penal o por la vía civil. Cuál conviene depende del caso, y es algo que se decide al principio.
Contame cuándo lo compraste, qué te dijeron sobre su situación y qué apareció al transferirlo. Con eso se ve si hay figura penal y qué conviene hacer. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en septiembre de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de querella y representación de víctimas en las dos jurisdicciones. La primera entrevista es sin cargo.