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Entraron donde no debían, o dicen que entré yo

El domicilio tiene protección constitucional. Eso vale tanto para el vecino que entró sin permiso como para el procedimiento policial que se hizo sin cumplir las reglas.

Qué protege la figura

La violación de domicilio castiga a quien entra en morada o casa de negocio ajena, en sus dependencias o en el recinto habitado por otro, contra la voluntad expresa o presunta de quien tiene derecho de excluirlo.

La discusión rara vez es si la persona entró: casi siempre es si tenía o no derecho a estar ahí, y eso depende del vínculo con el inmueble.

Código Penal, art. 150.

El caso más frecuente no es un extraño

La consulta habitual no es la de alguien que forzó una puerta: es la de quien entró a un inmueble que alquila, que comparte o del que se fue hace poco.

Ser propietario no habilita por sí solo a entrar donde vive otro, y haber convivido no habilita a volver después de una exclusión. Son los dos malentendidos que más causas generan.

Lo que decide una causa entera

Si el allanamiento fue irregular, cae lo que se secuestró

Una orden de allanamiento tiene requisitos: quién la firma, qué lugar identifica y qué se busca. Y hay reglas sobre cómo se lleva a cabo, incluidos los testigos del acto.

Cuando esas reglas no se cumplen, el planteo no es solamente formal: la nulidad del procedimiento puede arrastrar la de todo lo que se secuestró en él, y con eso, la prueba central de la causa.

Por eso conviene guardar el acta y anotar todo lo que se recuerde del momento, aunque parezca un detalle: quiénes entraron, a qué hora, quién estaba presente y qué se llevaron.

Las situaciones que entran acá

Todas tienen su página con el detalle. Si la tuya no figura, contámela igual: lo que importa es qué pasó, no cómo se llama.

¿Te imputaron una violación de domicilio?

Contame qué vínculo tenías con el inmueble y si había una medida judicial vigente. Ahí está el centro de la discusión. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
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