Inicio Defensa penal Apuestas online y juego clandestino
Las causas por juego cambiaron de forma: ya casi no son la mesa de un sótano sino una plataforma, un grupo de mensajería y una red de personas que reciben y envían transferencias. La norma, en cambio, sigue mirando lo mismo: quién organiza y quién explota.
Alcanza a quien organiza o explota, sin autorización, habilitación o licencia, o excediendo sus límites, sorteos, apuestas o juegos, sea por procedimientos mecánicos, electromecánicos, electrónicos, informáticos o por cualquier otro medio, en los que se prometan premios en dinero, bienes o valores y que dependan de manera exclusiva o preponderante del azar, la suerte o la destreza. La sanción es de arresto de quince a cuarenta y cinco días.
Si la conducta se realiza con la cooperación de personas menores de dieciocho años, o de funcionarios con poder decisorio, el arresto es de treinta a sesenta días.
Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, art. 135.
Los titulares o responsables de medios de información, comunicación y plataformas, cualquiera sea el soporte, que publiciten juegos de apuesta en contravención a la normativa o incumplan las obligaciones a su cargo, tienen una sanción de multa y decomiso.
Es una previsión reciente y alcanza a quien difunde, no sólo a quien opera.
Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, art. 138.
En un procedimiento sobre una operación de este tipo suele quedar involucrada mucha gente a la vez, y la norma no alcanza a todos del mismo modo: habla de quien organiza y de quien explota. Una tarea administrativa, de atención o de caja no es, sin más, ninguna de las dos cosas.
Eso se acredita con documentación: cómo se ingresó al trabajo, qué se cobraba y de qué modo, quién daba las instrucciones, qué acceso real se tenía a la administración del sistema.
Conviene revisar también el alcance del procedimiento: qué autorizó la orden, qué se secuestró y con qué límites se accedió al contenido de los teléfonos y las computadoras, como se explica en me secuestraron el auto o el celular.
La contravención tramita en el fuero de la Ciudad, con el procedimiento contravencional, que tiene sus propios tiempos y sus propias salidas. Cómo se defiende un acta está explicado en me labraron un acta contravencional.
Cuando además aparecen maniobras con el dinero de terceros, movimientos de cuentas a nombre de otras personas o un perjuicio a quienes apostaron, pueden entrar en juego figuras del Código Penal, que son otra cosa y otra escala.
En este orden, y sin dejar pasar los días.
Qué se labró, qué se secuestró y con qué orden.
Qué hacía cada uno, con qué acceso y bajo las instrucciones de quién.
Sobre todo el acceso al contenido de los dispositivos.
El procedimiento contravencional tiene salidas propias y plazos cortos.
Lo primero que se discute es el rol: la contravención alcanza a quien organiza o explota el juego, y una tarea administrativa o de atención no es lo mismo que la organización. Qué función cumplía cada uno se acredita con la documentación de la operación, no con la lista de contactos del teléfono.
Lo que la norma sanciona es organizar o explotar sorteos, apuestas o juegos sin autorización, habilitación o licencia, o excediendo sus límites. La posición de quien apuesta es distinta de la de quien opera la plataforma, y esa distinción se plantea desde el principio.
Que el servidor o la empresa estén afuera no resuelve la cuestión por sí solo: lo que se mira es dónde se desarrolló la actividad y a quién se dirigía. Es una discusión de competencia que conviene dar temprano, con la prueba técnica a la vista.
Es lo habitual en estos procedimientos. Conviene revisar el alcance de la orden y qué se autorizó a examinar, porque el acceso al contenido de un teléfono tiene sus propios requisitos y su propio control.
Contame qué rol tenías, qué se secuestró y qué dice el acta. Con eso se ve qué se puede plantear y en qué plazo. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en septiembre de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera entrevista es sin cargo.