Inicio Familia Cuidado y comunicación No cumple el régimen fijado
Tener el régimen por escrito y que igual no te dejen ver a tu hijo es una situación distinta de no tenerlo. Y tiene respuestas propias.
El del juzgado de familia. Es donde está el expediente y donde el incumplimiento se ejecuta: se pide que se haga cumplir lo acordado, se pueden fijar sanciones económicas por cada incumplimiento, y se puede pedir que intervenga el equipo técnico del juzgado para ver qué está pasando de verdad.
El penal. Existe una ley que castiga a quien, teniendo a su cargo un menor, impide u obstruye el contacto con el otro progenitor. Es un expediente aparte, con trámite propio y rápido.
Que existan los dos no significa que haya que usar los dos. A veces la denuncia penal destraba una situación que llevaba meses; a veces endurece todo y vuelve más difícil lo que se estaba negociando. Es una decisión de estrategia, y se toma mirando el expediente que ya hay.
Dejar de pasar la cuota alimentaria porque no lo dejan ver al chico.
Se entiende, y es humano. Pero son dos obligaciones distintas y no se compensan: el alimento es del hijo, no del otro progenitor. Quien deja de pagar pierde la razón que tenía y entra en una discusión que no le conviene, encima de la que ya tenía.
Un incumplimiento aislado se explica. Una serie documentada durante meses no.
Antes de escalar conviene entender qué está pasando. Hay incumplimientos que son eso, y hay otros que esconden algo distinto: un chico que expresa que no quiere ir, un cambio de escuela o de horarios que nadie conversó, una situación de salud, o un miedo concreto.
Distinguirlos importa mucho, porque el camino es otro. Empujar por la fuerza una situación que en realidad pedía escuchar al chico suele terminar peor para todos, y sobre todo para él.
Por eso la primera conversación es sobre los hechos de los últimos meses, no sobre qué se puede pedir.
No. Son dos obligaciones distintas y dejar de pagar sólo empeora la posición de quien reclama. Es el error más común y el más caro.
Depende del caso. A veces destraba y a veces endurece todo. Es una decisión que conviene tomar con el expediente de familia sobre la mesa, no en caliente. La vía penal está explicada en impedimento de contacto.
Es una situación distinta y se trata distinto. Está explicada en mi hijo no quiere ir con el otro progenitor.
Entonces primero hay que conseguir el régimen. Está en mi ex no me deja ver a los chicos.
Cambia el trámite pero no el derecho. Y si hay riesgo de que se vaya del país, es urgente.
Traé el acuerdo homologado y el registro de las veces que no pudiste verlo. Con eso se decide qué camino conviene. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.