Inicio Defensa penal Extranjeros detenidos y extradición Notificación Roja de INTERPOL
Suele llegar como una noticia inesperada: una persona que vivía, trabajaba o estaba de viaje en la Argentina queda detenida porque otro país la busca. Lo primero que conviene saber es qué significa ese aviso y qué plazos empiezan a correr.
Es un pedido que un país publica a través de INTERPOL para que las policías de los demás países localicen a una persona y la detengan de manera provisoria, a la espera de un pedido de extradición. Se apoya en una orden de detención o en una resolución judicial dictada en el país que la solicita.
INTERPOL es muy clara en un punto: la persona no es buscada por INTERPOL sino por un país, y la Notificación Roja no es una orden de detención. Cada país decide qué valor jurídico le asigna según su propia legislación.
La Ley 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal permite el arresto provisorio de una persona reclamada por un tribunal extranjero mediante un aviso de INTERPOL. Ese aviso tiene que contener los datos que identifiquen a la persona, la fecha, el lugar y la calificación legal del hecho, la pena en juego, la existencia de la orden judicial de prisión y el compromiso de pedir formalmente la extradición.
La persona arrestada queda de inmediato a disposición de un juez federal, con aviso al fiscal y comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores.
El arresto provisorio todavía no es una extradición. Es una medida transitoria que da tiempo al país que reclama para presentar su pedido formal, y que está sujeta a plazos precisos.
Dentro de las 24 horas del arresto, el juez tiene que escuchar a la persona detenida y asegurarse de que cuente con un abogado. Si no designa uno de confianza, se le asigna un defensor oficial.
Desde que se le comunica el arresto al país que lo solicitó, ese país tiene treinta días corridos para presentar el pedido formal de extradición. A su pedido, el Ministerio de Relaciones Exteriores puede conceder una prórroga de diez días. Si el pedido no llega a tiempo, la persona recupera la libertad.
Recuperar la libertad por vencimiento del plazo no cierra la cuestión: si más adelante llega el pedido formal por el mismo hecho, la persona puede volver a ser detenida.
Cada paso tiene su oportunidad de defensa, y ninguna se recupera después.
La detención se produce sobre la base del aviso de INTERPOL y se comunica al juez, al fiscal y a la Cancillería.
El juez escucha a la persona. Si las condiciones legales no están cumplidas, hace cesar el arresto y dispone, en su lugar, la prohibición de salir del país y la obligación de informar cualquier cambio de domicilio.
El país que reclama tiene que presentar la extradición con toda su documentación. Si no lo hace, la persona queda en libertad.
Ahí se discute si la extradición es procedente. El proceso está explicado en el juicio de extradición en la Argentina.
En esta etapa no se discute si la persona cometió o no el hecho del que la acusan en el otro país. Lo que se examina es si se cumplen las condiciones que la ley argentina exige para que una extradición sea posible.
Entre ellas, que el hecho sea delito tanto en la Argentina como en el país que reclama, con una pena de cierta entidad en ambas legislaciones; y, si el pedido es para cumplir una condena, que reste por cumplir al menos un año de prisión. También se verifica que la persona detenida sea efectivamente la reclamada: si no lo es, el arresto cesa.
La ley prevé además supuestos en los que la extradición no se concede, como el delito político o la persecución por motivos de opinión, nacionalidad, raza o religión. Están desarrollados en cuándo la Argentina no concede una extradición.
Mientras dura el arresto provisorio, la persona puede prestar su consentimiento libre y expreso a ser trasladada al país que la reclama, y el juez resuelve sin más trámite. Es una decisión que conviene tomar con toda la información, porque tiene los efectos de una extradición concedida. Lo explico en aceptar la extradición para volver a su país.
El Estatuto de INTERPOL le prohíbe rigurosamente intervenir en asuntos de carácter político, militar, religioso o racial. Y la organización cuenta con un órgano independiente, la Comisión de Control de los Ficheros, ante el que cualquier persona puede pedir acceso a los datos que figuran sobre ella y su rectificación o eliminación.
Es un camino que corre en paralelo al proceso judicial en la Argentina y no lo reemplaza: la defensa ante el juez federal se ejerce igual, y con sus propios plazos.
No. INTERPOL la define como un aviso internacional sobre una persona buscada por un país, y aclara que no es una orden de detención. En la Argentina, la Ley 24.767 permite que, sobre la base de ese aviso, un juez federal disponga un arresto provisorio mientras el país que la pidió formaliza el pedido de extradición.
El país que la solicitó tiene treinta días corridos, contados desde que se le comunica el arresto, para presentar el pedido formal de extradición. Por pedido de ese país, el Ministerio de Relaciones Exteriores puede conceder una prórroga de diez días. Si el pedido no llega en ese plazo, la persona recupera la libertad.
Un juez federal, con intervención del fiscal y comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores. La persona tiene derecho a designar un abogado de confianza; si no lo hace, se le asigna un defensor oficial.
Mientras dura el arresto provisorio puede prestar su consentimiento libre y expreso a ser trasladada al país que la reclama. El juez resuelve sin más trámite. Antes de dar ese paso conviene conocer sus consecuencias con asesoramiento.
Sí. INTERPOL tiene un órgano independiente, la Comisión de Control de los Ficheros, ante el que cualquier persona puede pedir el acceso a los datos que la organización tiene sobre ella y su rectificación o eliminación. Además, el Estatuto de INTERPOL le prohíbe intervenir en asuntos de carácter político, militar, religioso o racial.
Los plazos se cuentan en horas y en días. Con el nombre de la persona y el lugar donde fue detenida, averiguo qué juzgado federal interviene, qué país la reclama y en qué etapa está el trámite. La primera conversación no tiene costo.
Actualizado en septiembre de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera entrevista es sin cargo.