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Me extorsionan con material íntimo

Es extorsión, y hay dos cosas que conviene saber antes de tomar cualquier decisión.

Las dos cosas

No conviene pagar. El pago no termina la situación: la confirma. Quien cobra una vez vuelve a exigir, y con frecuencia con montos mayores, porque el pago acreditó que la amenaza funciona.

No conviene borrar nada. La reacción natural es eliminar la conversación y bloquear el contacto. Eso destruye exactamente la prueba que después hace falta: los mensajes, el perfil, los datos de la cuenta, los medios de pago que se exigieron.

Bloquear se puede y conviene, pero después de haber capturado todo.

Qué delito es

El artículo 168 del Código Penal reprime la extorsión: obligar a otro, con intimidación o simulando autoridad pública o falsa orden de la misma, a entregar, enviar, depositar o poner a su disposición cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos.

Es un delito de acción pública, con una escala considerable, y se configura aunque no se haya pagado: la exigencia intimidatoria alcanza.

Cuando además el material fue obtenido accediendo a un dispositivo o a una cuenta, se suman el artículo 153 bis por el acceso ilegítimo y el artículo 153 por el acceso a comunicaciones.

Si el material ya se difundió

Conviene ser precisa. No existe una figura en el Código Penal de la Nación que reprima la difusión no consentida de imágenes íntimas.

En la Ciudad de Buenos Aires es la contravención del artículo 75 de la Ley 1472.

Y en todo el país queda la vía civil, que además es la única que ordena la baja: el artículo 1770 del Código Civil y Comercial obliga a cesar en el entrometimiento en la vida ajena, y el artículo 53 exige el consentimiento para reproducir la imagen de una persona.

Está desarrollado en publicaron algo privado mío.

La modalidad del perfil falso

La situación típica arranca con un contacto por una aplicación, una conversación que deriva en el intercambio de material, y la exigencia inmediata después.

Con frecuencia quien opera no está en el país y usa un perfil construido con fotografías de terceros. Esas imágenes suelen reaparecer en otros perfiles, y ese cruce es uno de los caminos por los que la investigación avanza, porque la misma estructura opera sobre varias personas.

El rastro del dinero es el otro: los medios de pago exigidos tienen destinatarios identificables.

Lo que conviene saber

La vergüenza es parte de la maniobra

Estas situaciones se denuncian poco, y no por una razón jurídica. Quien las atraviesa llega con la sensación de haberse expuesto, y esa sensación es exactamente lo que la maniobra necesita para funcionar.

Conviene decirlo con claridad: son estructuras organizadas, que operan sobre muchas personas a la vez, con guiones preparados. No es un descuido personal.

Y la denuncia no expone el material: el expediente tiene reserva y el tratamiento de este tipo de causas lo contempla.

Consultar temprano es lo que permite actuar mientras el rastro todavía existe.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Antes que nada

    No pagar

    El pago no cierra la situación: acredita que la amenaza funciona y la exigencia se repite.

  2. De inmediato

    Capturar todo sin borrar

    La conversación completa, el perfil, las fotografías usadas, el medio de pago exigido.

  3. Después de capturar

    Bloquear el contacto

    En ese orden, nunca antes.

  4. Enseguida

    Denunciar

    La extorsión se configura aunque no se haya pagado. Y si el material se difundió, corresponde además el pedido urgente de cese.

Preguntas frecuentes

¿Y si ya pagué?

No cambia el delito ni impide denunciar. El comprobante del pago es además prueba: identifica un destinatario y abre una línea de investigación.

¿Es delito aunque no haya pagado?

Sí. La extorsión del artículo 168 se configura con la exigencia intimidatoria, sin necesidad de que el pago se haya efectuado.

Ya difundieron el material.

No hay figura penal nacional para la difusión. En la Ciudad es contravención, y en todo el país queda la vía civil, que es la única que ordena la baja. Conviene pedirla con urgencia.

Capture todo antes de bloquear

Y consulte enseguida: el rastro del dinero se pierde rápido. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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