Inicio Daños y accidentes Cómo se reclama El seguro no me paga el auto
Te lo robaron o quedó destruido, pagaste la póliza todos los meses, y ahora la compañía dilata, ofrece poco o directamente rechaza.
Es lo más importante de este tema y es una sola frase de la ley de seguros: el asegurador debe pronunciarse sobre el derecho del asegurado dentro de los treinta días de recibida la información complementaria. Y agrega la consecuencia: la omisión de pronunciarse importa aceptación.
Dicho simple: el silencio no es una negativa. Si la compañía deja pasar el plazo sin decir que sí o que no, esa omisión juega a favor del asegurado y es un argumento muy fuerte.
Por eso lo primero que se mira en la consulta no es el monto: es la fecha de la denuncia y la fecha en que contestaron, si es que contestaron.
El asegurado debe denunciar el siniestro dentro de los tres días de conocerlo. Denunciar tarde no siempre cierra el reclamo (depende de la causa de la demora) pero conviene hacerlo enseguida y por un medio que deje constancia.
Es la situación más común y la que menos se discute. La compañía no rechaza: ofrece una suma que no alcanza para comprar un auto equivalente.
Esa discusión es de valuación y se da con material concreto: publicaciones de autos iguales, mismo año y estado, tasaciones, y el detalle de qué tenía el vehículo. No con la tabla interna de la compañía, que es de donde suele salir el número.
La secuencia es siempre la misma: después de semanas de espera, llega una oferta y un papel para firmar. Ese papel, según cómo esté redactado, cancela todo reclamo posterior por el mismo siniestro.
No hay obligación de firmarlo en el momento ni de aceptar la primera oferta. Se puede pedir el detalle de cómo llegaron a ese número y revisarlo con tiempo.
Y si el auto tenía prenda, hay que ordenarlo antes: parte de ese dinero puede corresponderle al acreedor.
Es lo más importante de todo el tema: el asegurador debe pronunciarse dentro de los treinta días y la omisión de pronunciarse importa aceptación.
Es lo habitual. La discusión es de valuación y se da con publicaciones y tasaciones del mercado real, no con la tabla de la compañía.
Depende de en qué estado estaba la póliza al momento del hecho. No siempre la mora habilita el rechazo, y hay plazos para impugnar.
Se puede cobrar igual, pero el acreedor prendario suele tener derecho a parte. Conviene ordenarlo antes de aceptar nada.
Entonces hay además un reclamo contra el comercio, que es otra cosa: me robaron el auto en el estacionamiento.
Traé la póliza completa, la denuncia con su fecha y lo que te hayan contestado. Lo primero que se mira son las fechas. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de daños y perjuicios en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.