Inicio Daños y accidentes Accidentes de tránsito Me chocó un colectivo o un camión
Es de los pocos casos donde el problema no suele ser a quién cobrarle. Atrás hay una empresa, y eso cambia todo el reclamo.
Además del conductor, responde la empresa a la que pertenece el vehículo. El principal responde de manera objetiva por los daños que causen quienes están bajo su dependencia, cuando el hecho ocurre en ejercicio o con ocasión de las funciones.
El artículo 1757 del Código Civil y Comercial hace responder por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, y aclara que la responsabilidad es objetiva: no hay que probar la culpa de nadie. Y el 1758 dice quiénes responden: el dueño y el guardián, de manera concurrente.
Y en el caso del colectivo, si además sos pasajero, corre la obligación de seguridad del transporte.
Estos vehículos están mucho más registrados que un auto particular, y eso juega a favor:
Todo eso existe, y todo eso se pierde si no se pide a tiempo. Es el motivo principal para no dejar pasar semanas.
Un impacto de un vehículo pesado no se compara con el de un auto. Las lesiones suelen ser serias y las secuelas duraderas, y eso hay que documentarlo desde el principio.
La contrapartida es que el seguro de estos vehículos tiene coberturas más altas, así que un reclamo bien armado tiene con qué cobrarse.
Las cámaras a bordo y los registros de recorrido se sobrescriben. Un pedido por escrito a la empresa, con fecha, es lo que impide que después digan que no existían.
Anotá el número de interno y el de la línea, además de la patente. Identifican la unidad exacta.
Y si ibas adentro, guardá el boleto o el registro del pago: ubica a la persona en esa unidad y a esa hora.
También a la empresa, que responde objetivamente por sus dependientes. Es la que tiene con qué responder.
Tu posición es más simple: corre la obligación de seguridad del transporte. Está en me lesioné en el colectivo.
Suele haber más de un responsable: el dueño del camión, la empresa de transporte y a veces quien contrató el flete.
Consultá igual, pero cuanto antes mejor: los registros de a bordo son los primeros que se pierden.
Se reclama aparte y es lo que más peso tiene. Está en cuánto corresponde por la incapacidad.
Traé la patente, el número de interno o de línea, y el acta. Si hay registros que pedir, conviene hacerlo esta semana. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de daños y perjuicios en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.