Inicio Trámites y conflictos Inmuebles y bienes registrables Vendí el auto y sigue a mi nombre
Mientras figure a tu nombre, para el registro el auto sigue siendo tuyo. Y con él, las multas, las patentes y lo que pase en la calle.
Vender un auto y entregarlo no alcanza. Mientras la transferencia no se inscriba, el registro sigue diciendo que el titular sos vos, y de ahí cuelga todo lo demás:
El comprador, por su parte, tiene un plazo para inscribir la transferencia. Que no lo cumpla es su incumplimiento, pero el que aparece en el registro seguís siendo vos.
Es el trámite que corta eso. Quien vendió comunica al registro que entregó el vehículo, y desde ese momento deja de responder por lo que ocurra con el auto.
Dos cosas conviene tener claras. La primera: corta hacia adelante, no hacia atrás. Lo que pasó entre la entrega y la denuncia sigue estando a tu nombre. La segunda: no reemplaza la transferencia. El auto sigue registrado a tu nombre, pero con la constancia de que ya no lo tenés.
La denuncia protege, pero no resuelve. Si el comprador no transfiere, se lo puede intimar por escrito y, si no cumple, existe una vía para forzar la inscripción.
Y aparte se le reclama lo que su demora costó: las multas que llegaron, las patentes que hubo que pagar, y lo que se gastó en resolverlo.
Todo este asunto se resuelve en una fecha: cuándo dejó de estar el auto en tus manos.
El formulario firmado, el boleto, la transferencia del dinero, el mensaje donde acordaron la entrega, la baja del seguro, la última carga de combustible. Cualquiera de esas cosas, con fecha, vale mucho más de lo que parece el día que llega una demanda por un accidente ajeno.
Y si estás por vender: la denuncia de venta se hace el mismo día de la entrega, no cuando aparece el problema.
Es un trámite registral por el cual quien vendió comunica que entregó el vehículo. Desde ahí deja de responder por lo que pase con ese auto.
No. Corta hacia adelante, no hacia atrás. Por eso conviene hacerla apenas se entrega el auto y no cuando aparece el problema.
Se lo puede intimar y, si no cumple, hay una vía para forzar la transferencia. Y en el medio, la denuncia de venta protege.
Es exactamente el caso que esto evita. Aun así hay defensas, y el primer papel que hay que buscar es el que pruebe cuándo se entregó el auto.
Se puede reconstruir con otras cosas: la transferencia del dinero, mensajes, testigos, el formulario firmado. Traé lo que tengas.
Traé lo que tengas de la venta y la fecha en que lo entregaste. Si además ya te llegó una multa o una demanda, traelo también. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de cartas documento, mediación y contratos en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.