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Me acusan sin pruebas

Es la frase que más escucho, y casi siempre es cierta en parte. El problema es que "no hay pruebas" no es un planteo: hay que convertirlo en uno.

Qué significa que la duda favorece a la persona imputada

Es un principio real y tiene consecuencias concretas: nadie tiene que probar su inocencia. Quien acusa tiene que acreditar el hecho y la participación, y si no lo logra, corresponde la absolución.

Pero conviene ser preciso, porque acá está la confusión: ese principio se aplica al momento de decidir. No impide que una causa se inicie, que la persona sea citada o incluso que se dicte una medida mientras se investiga.

Cómo se convierte en un planteo

Decir que no hay pruebas no mueve nada. Lo que mueve la causa es señalar, punto por punto, qué falta y qué es lo que se puede hacer para despejarlo.

  • Pedir la prueba que confirma la versión propia. Cámaras, informes de telefonía, testigos. La defensa también ofrece prueba.
  • Atacar el valor de la que existe. Un reconocimiento mal hecho, un testigo que se contradice, una pericia sin fundamento.
  • Pedir el sobreseimiento cuando corresponde, en el momento procesal adecuado.
Lo que más veces se deja pasar

La prueba que te favorece también hay que pedirla

Es el punto que quiero subrayar, porque es donde más causas se pierden sin necesidad.

La fiscalía investiga, pero no está obligada a salir a buscar lo que respalda la versión de la persona imputada. Las cámaras que muestran que estabas en otro lado, el informe que ubica tu teléfono lejos del lugar, el testigo que puede confirmar tu recorrido: eso lo tiene que pedir la defensa, y tiene plazos.

Y casi todo ese material tiene fecha de vencimiento. Las cámaras se sobrescriben en días y los registros de comunicaciones se conservan por un tiempo limitado.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. Ahora

    Escribí tu recorrido con horarios

    Con el mayor detalle posible. Después se busca cómo acreditar cada tramo.

  2. Urgente

    Pedí que se preserven las cámaras

    Es lo que más rápido se pierde y lo que más sirve.

  3. Cuanto antes

    Solicitá los informes que te ubican

    Telefonía, transporte, pagos. Todo lo que deje registro de dónde estabas.

  4. En el expediente

    Ofrecé prueba, no solo negá

    Un escrito que solo dice que no hay pruebas no produce ningún efecto.

Preguntas frecuentes

Si no hay pruebas, ¿por qué me imputan?

Para iniciar una investigación alcanza con una sospecha razonable; para condenar hace falta certeza. Son estándares distintos, y entre uno y otro está todo el trabajo de la defensa.

¿Puedo pedir que cierren la causa?

Sí. El sobreseimiento se puede pedir, y hay momentos procesales donde el planteo es más fuerte. Conviene hacerlo cuando la prueba propia ya está incorporada.

Solo hay un testigo que me señala

Un único testimonio puede sostener una imputación, pero también es donde más se puede trabajar: contradicciones, condiciones en que percibió el hecho, relación con las partes.

¿Conviene que declare para explicar?

Depende de qué haya en el expediente, y por eso primero se lee. Declarar sin conocer la prueba es la decisión que más veces complica una causa que venía bien.

¿Te imputan y sentís que no hay nada?

Contame de qué te acusan y qué hay en el expediente. Lo importante es qué prueba se puede pedir todavía, porque eso tiene plazos. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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