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Choqué y no tengo seguro

Circular sin seguro es una infracción, no un delito. Pero cuando hay un choque, la ausencia de cobertura cambia todo lo que viene después.

Separar las dos cosas

Conviene ordenarlo porque genera mucha confusión.

En lo penal, la falta de seguro no es un agravante de las figuras culposas ni convierte el accidente en un delito más grave. La causa se discute igual: deber de cuidado y relación causal.

En lo administrativo, circular sin el seguro obligatorio es una infracción de tránsito con su propia sanción.

En lo civil, que es donde más se siente, quien responde es la persona con su propio patrimonio.

Lo que cambia sin cobertura

La diferencia práctica es grande y conviene verla completa.

  • No hay quien negocie por vos. La aseguradora habitualmente conduce la negociación y afronta el pago. Sin ella, el reclamo llega directo.
  • Aparecen las medidas cautelares. La otra parte puede pedir embargo sobre bienes y sobre ingresos.
  • El acuerdo se vuelve más importante. Sin cobertura, resolver temprano y por escrito suele ser mejor que litigar durante años.
Lo que más conviene cuidar

Un acuerdo mal hecho puede empeorar la causa penal

Es el error más frecuente de quien no tiene seguro: apurarse a arreglar directamente con la otra parte, sin abogado y sin documentar bien.

Un acuerdo redactado sin cuidado puede leerse en el expediente penal como un reconocimiento de responsabilidad, y además puede no cerrar nada, porque quien lo firmó vuelve a reclamar por lo que quedó afuera.

Un acuerdo bien hecho, en cambio, sirve para las dos cosas a la vez: cierra el reclamo civil y funciona como reparación del daño, que es lo que habilita las salidas alternativas en la causa penal.

Qué conviene hacer

En este orden, y sin dejar pasar los días.

  1. No firmes nada

    Antes de consultar

    Un acuerdo apurado puede cerrar menos de lo que parece y complicar lo penal.

  2. Reuní

    Todo lo del accidente

    Fotos, acta, testigos. La responsabilidad no se presume por no tener seguro.

  3. Evaluá

    Un acuerdo bien redactado

    Que cierre el reclamo completo y sirva además como reparación en lo penal.

  4. Anticipate

    A las medidas sobre tus bienes

    Sin cobertura, es la herramienta que la otra parte va a usar.

Preguntas frecuentes

¿Es delito circular sin seguro?

No. Es una infracción de tránsito con sanción administrativa. Lo que cambia es quién responde económicamente por los daños.

El otro tuvo la culpa. ¿Igual respondo?

La responsabilidad se determina por cómo ocurrió el hecho, no por quién tenía seguro. Si la responsabilidad es de la otra parte, no cambia por tu falta de cobertura.

Me quieren embargar el sueldo

Es una posibilidad real cuando hay un reclamo civil y no hay cobertura. Existen límites y también margen para acordar una forma de pago antes de llegar ahí.

¿Conviene arreglar directamente?

Conviene acordar, pero no improvisar el acuerdo. Bien redactado cierra el reclamo y sirve como reparación en la causa penal. Mal redactado puede no cerrar nada y complicar lo penal.

¿Chocaste sin seguro?

Contame cómo fue el accidente y si ya te reclamaron algo. Antes de firmar cualquier arreglo conviene ver cómo impacta en la causa penal. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
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