Inicio Defensa penal Choqué Manejaba alcoholizado
Hay dos escenarios muy distintos y conviene no mezclarlos: el control de rutina, que es una falta administrativa, y el accidente con lesionados, donde el alcohol agrava una causa penal.
El control de tránsito. Dar positivo en un control, sin que haya ocurrido nada más, es en principio una falta administrativa: multa, retención del vehículo e inhabilitación según el régimen de cada jurisdicción. No es un delito del Código Penal.
El accidente con lesionados o víctimas. Ahí el alcohol funciona como agravante de la figura culposa, y eleva la escala de manera considerable.
El resultado de una alcoholemia no es un dato incontrovertible: es el producto de un procedimiento, y los procedimientos se revisan.
Es una duda muy frecuente en el momento. En los regímenes de tránsito, negarse a realizar el test tiene una sanción prevista, y en general se lo trata de manera equivalente o más severa que un resultado positivo.
Negarse no es, entonces, una forma de evitar la consecuencia: la genera igual y además elimina la posibilidad de discutir después el valor obtenido.
Distinto es dejar constancia de las objeciones al procedimiento en el acta, que sí es un derecho y sirve mucho más adelante.
En este orden, y sin dejar pasar los días.
La hora exacta, el equipo usado, cualquier objeción que tengas. Eso queda.
La verificación vigente del instrumento es un punto que se revisa.
Cuánto pasó entre el hecho y la medición es un dato central.
No alcanza con que figure en el acta inicial: hay que probarlo.
En principio es una falta de tránsito, no un delito del Código Penal. Las consecuencias son administrativas: multa, retención del vehículo e inhabilitación según la jurisdicción.
La inhabilitación para conducir existe tanto como sanción administrativa como en las figuras penales culposas. Son dos vías distintas y conviene no confundirlas.
Es uno de los planteos más habituales y hay que sostenerlo con la documentación del equipo, que se puede pedir. La verificación vigente del instrumento es un requisito.
La negativa tiene su propia sanción prevista en los regímenes de tránsito, en general equivalente o mayor que la del resultado positivo, y además impide discutir después el valor.
Contame si hubo accidente o fue un control, y de qué fecha es el acta. El procedimiento del test es lo primero que reviso. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa penal en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.