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Ciudad de Buenos Aires

Dentro de la Ciudad conviven dos justicias distintas, y saber cuál interviene cambia el procedimiento entero.

Dos justicias en el mismo territorio

Es una particularidad porteña que confunde incluso a quien ya pasó por un expediente.

La Justicia de la Ciudad. El fuero Penal, Contravencional y de Faltas y los demás fueros locales. Fue recibiendo competencias por etapas, a través de sucesivas leyes de transferencia, y hoy entiende en buena parte de la materia penal ordinaria además de las contravenciones y las faltas.

La Justicia Nacional. Los tribunales nacionales con asiento en la Ciudad, que conservan materia penal, civil, comercial y del trabajo.

Y sobre ambas se superpone la Justicia Federal, que interviene por materia y no por territorio, tratada en justicia federal.

Qué tramita acá

En materia penal, los hechos ocurridos dentro de la Ciudad. Según la figura, la causa va a la Justicia de la Ciudad o a la Nacional. Las contravenciones son siempre locales y se rigen por el Código Contravencional, la Ley 1472, con su procedimiento propio.

En familia, los procesos de divorcio, alimentos y cuidado de los hijos cuando corresponde la competencia porteña según las reglas de cada materia.

En sucesiones, cuando el último domicilio de la persona fallecida estaba en la Ciudad. Es la regla del artículo 2336 del Código Civil y Comercial, y no depende de dónde estén los bienes ni de dónde vivan los herederos.

En daños, según la acción, por el domicilio de quien es demandado o por el lugar del hecho.

En consumo, con una regla que juega a favor: el artículo 36 de la Ley 24.240 fija la competencia en el domicilio real del consumidor y declara nulo cualquier pacto en contrario.

Lo que cambia respecto de la Provincia

No es solo el edificio donde se presenta el escrito. Cambia el código procesal, cambian los plazos, cambian los recursos disponibles y cambia el criterio con que se resuelven cuestiones como la excarcelación.

En materia penal, la Ciudad tiene su propio código procesal y la Justicia Nacional se rige por el suyo. En lo civil ocurre lo mismo respecto del código bonaerense.

Y hay una diferencia que se siente en el bolsillo: la Provincia mantiene el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, que grava las herencias, y la Ciudad no. Está explicado en cuánto cuesta una sucesión.

La matrícula

Actuar ante estos tribunales exige matrícula del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Habilita la Justicia Nacional, la de la Ciudad, los tribunales federales con sede en la Capital y la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Un abogado matriculado únicamente en la Provincia no puede presentarse acá, y a la inversa.

Lo que conviene saber

Vivir en la Ciudad no significa que tu causa tramite acá

Es el error más extendido, y el que hace perder tiempo antes de empezar.

La competencia se determina por reglas propias de cada materia y rara vez por el domicilio de quien consulta. Quien vive en la Ciudad puede tener su sucesión en Provincia, porque el causante vivía allá; o su causa penal en Provincia, porque el hecho ocurrió del otro lado de la General Paz.

La respuesta está en el papel que se recibió, y se puede averiguar sin ningún trámite en dónde tramita mi caso.

Por eso conviene resolverlo antes de contratar, y no después.

Preguntas frecuentes

Vivo en la Ciudad, ¿mi causa tramita acá?

No necesariamente. La competencia se define por reglas de cada materia: el lugar del hecho en penal, el último domicilio del causante en sucesiones, el domicilio del demandado o el lugar del hecho en daños.

¿Qué diferencia hay entre la Justicia de la Ciudad y la Nacional?

Son dos organizaciones judiciales distintas que conviven en el mismo territorio, con códigos procesales propios. La de la Ciudad fue recibiendo competencias por transferencias sucesivas; la Nacional conserva buena parte de la materia penal, civil, comercial y laboral.

Mi causa se trasladó a Provincia.

Cada jurisdicción exige su propia matrícula, y por eso es habitual tener que cambiar de profesional a mitad del expediente. Estando matriculada en las dos, la intervención continúa sin interrupción.

Traé el papel que recibiste

Con el encabezado del organismo se resuelve en un minuto qué justicia interviene. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y trabaja en todos los fueros de las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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