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Hay varios responsables y no sé a quién reclamarle

La buena noticia es que no hay que elegir ni repartir el reclamo. Se le puede reclamar el total a cualquiera de ellos.

Lo que dice el Código

El artículo 1751 resuelve la situación en dos frases: si varias personas participan en la producción del daño que tiene una causa única, se aplican las reglas de las obligaciones solidarias. Y si la pluralidad deriva de causas distintas, se aplican las reglas de las obligaciones concurrentes.

La distinción es técnica, pero la consecuencia práctica es la misma y es la que importa: se le puede reclamar el total a cualquiera de los responsables, sin tener que dividir el reclamo ni averiguar qué parte le tocó a cada uno.

Después, entre ellos, se arreglan. Pero eso no es problema de quien sufrió el daño.

Por qué esto cambia la estrategia

Porque permite dirigir el reclamo a quien puede pagar. Si de tres responsables uno tiene seguro y los otros no, se demanda a los tres, pero el que sostiene el cobro es el asegurado.

Y evita la trampa más común: que cada uno señale al otro y el reclamo se pierda mientras discuten entre ellos.

Por eso, en la práctica, la pregunta correcta no es «¿quién tuvo la culpa?» sino «¿quiénes pueden ser responsables y cuál de ellos responde de verdad?».

Los casos donde más aparece

  • Un choque en cadena, con varios vehículos involucrados.
  • Una obra, donde están el comitente, el constructor, el arquitecto y el subcontratista.
  • Un edificio, con el consorcio, la administración y la empresa de mantenimiento.
  • Un producto, con el fabricante, el importador y el vendedor.
  • Un accidente en un lugar, con el dueño del inmueble, quien explota el negocio y la empresa de seguridad.
Lo que hay que identificar primero

Todos los que pudieron intervenir, aunque parezcan lejanos

El error habitual es demandar sólo al que estaba adelante: el que manejaba, el empleado, el comercio. Y muchas veces el que responde de verdad está detrás.

Conviene listar a todos los que tuvieron algo que ver con la cosa o la actividad, y recién después decidir a quiénes se demanda.

Traé todo lo que identifique a las empresas involucradas: carteles de obra, facturas, contratos, chapas de responsabilidad.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que demandarlos a todos?

No estás obligado, pero suele convenir: aumenta las chances de cobrar y evita que se señalen entre ellos.

¿Le puedo cobrar todo a uno solo?

Sí. Tanto en la solidaridad como en las obligaciones concurrentes se puede reclamar el total a cualquiera de los responsables.

Uno de ellos no tiene nada

Por eso conviene identificar a todos: el reclamo se sostiene sobre el que puede responder.

Fue un choque en cadena

Es el caso más típico y tiene sus propias reglas de prueba. Está en fue un choque en cadena.

El que lo causó era empleado

Entonces también responde la empresa. Está en el daño lo causó un empleado.

¿No sabés a quién reclamarle?

Contame quiénes intervinieron, aunque no sepas cómo se llaman. Con eso se arma el mapa de responsables. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de daños y perjuicios en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
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