Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
11 3583‑7082

Guardia penal 24 horas

Si te detuvieron a un familiar, llamame a la hora que sea e iré rápidamente.
11 3657‑1048

Inicio Daños y accidentes Cómo se reclama Citar a la aseguradora

La aseguradora del que me chocó tiene que estar en el juicio

Es el paso que decide si la sentencia se cobra o queda en un papel. Y tiene un momento: después ya no se puede.

Qué es y por qué es decisiva

La citación en garantía es traer a la compañía de seguros del responsable al juicio, como parte.

Sin ella puede pasar lo peor que le puede pasar a un reclamo: ganar y no tener a quién cobrarle. La sentencia contra alguien sin bienes no vale nada, y el seguro, que es quien tiene el dinero, no queda obligado si no fue traído al proceso.

El artículo 118 de la Ley 17.418 lo dice al revés y por eso importa tanto: la sentencia hace cosa juzgada respecto del asegurador y es ejecutable contra él en la medida del seguro. Ése es el efecto que se busca.

El plazo, que es el error más caro

El mismo artículo lo fija: el damnificado puede citar en garantía al asegurador hasta que se reciba la causa a prueba.

No es un plazo largo ni uno que avise. Es un momento procesal, y una vez pasado no se vuelve atrás.

Por eso lo primero que hay que averiguar en cualquier reclamo por un accidente es quién asegura al responsable. Ese dato tiene que estar antes de demandar, no después.

Y una ventaja que casi nadie invoca

El mismo artículo 118 establece que el crédito del damnificado tiene privilegio sobre la suma asegurada y sus accesorios, con preferencia sobre el asegurado y cualquier acreedor de éste, aun en caso de quiebra o de concurso civil.

Traducido: si el responsable se funde, la víctima cobra primero sobre ese dinero. Es una protección fuerte y conviene conocerla.

Lo primero, antes de demandar

Averiguar quién lo asegura, y hacerlo ya

El dato sale del acta policial, del intercambio de datos en el lugar, de la denuncia administrativa del siniestro o de la propia compañía del damnificado, que suele saberlo.

Si no aparece, hay caminos para averiguarlo, pero llevan tiempo, y ese tiempo corre contra el plazo de la citación.

Guardá cualquier papel donde figure el número de póliza o el nombre de la compañía, aunque sea una foto sacada en el momento del choque.

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar sólo al que me chocó?

Podés, pero es riesgoso: si no tiene bienes, la sentencia no se cobra. Por eso se cita también a su aseguradora.

¿Hasta cuándo puedo citarla?

Hasta que se recibe la causa a prueba, según el artículo 118 de la Ley 17.418. Es un momento procesal y no se recupera.

El que me chocó no tenía seguro

Es otra situación y tiene su propio camino. Está en el que me chocó no tenía seguro.

La aseguradora dice que no lo cubre

Puede oponer las defensas que tenga contra su asegurado, y eso se discute dentro del mismo juicio. Por eso conviene que esté.

¿Y si el responsable se funde?

El crédito del damnificado tiene privilegio sobre la suma asegurada, incluso en caso de quiebra. Es una de las razones por las que la citación importa tanto.

¿Vas a reclamar por un accidente?

Traé todo lo que tenga datos del seguro del otro: el acta, el intercambio, la denuncia del siniestro. Es lo primero que hay que resolver. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de daños y perjuicios en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
Guardia 24 horasTe atiendo yo, no un contestador.
Honorarios clarosPresupuesto por escrito antes de empezar.
Primera entrevista sin cargo
WhatsApp Llamar Urgencias 24/7