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Me cayó algo desde un balcón y no sé de qué unidad

Es de las reglas más favorables del Código y casi nadie la conoce: no hace falta identificar de qué departamento cayó.

La regla que resuelve el caso

El artículo 1760 del Código Civil y Comercial está escrito exactamente para esto: si de una parte de un edificio cae una cosa, o si ésta es arrojada, los dueños y ocupantes de dicha parte responden solidariamente por el daño que cause. Sólo se libera quien demuestre que no participó en su producción.

Lo importante es lo que no exige: no hay que identificar de qué unidad cayó. Ése era justamente el obstáculo que la norma vino a resolver.

Y responde tanto el dueño como el ocupante, así que el inquilino no queda afuera.

Cómo se aplica en la práctica

Se determina qué parte del edificio pudo haber sido el origen: la línea de balcones sobre el lugar donde ocurrió, o el sector de ventanas que da a ese punto.

A partir de ahí responden solidariamente todos los dueños y ocupantes de esa parte. La carga de demostrar que no participó recae en cada uno, no en quien sufrió el daño.

Y hay una regla vecina, el artículo 1761, para el daño causado por un miembro no identificado de un grupo determinado: responden todos, salvo quien demuestre que no contribuyó.

Lo que hay que documentar

  • El lugar exacto donde ocurrió y la posición respecto del edificio.
  • Fotos hacia arriba, que muestren qué balcones o ventanas dan a ese punto.
  • La cosa que cayó, guardada y fotografiada. A veces identifica sola el origen.
  • Los testigos y las cámaras de la vereda.
  • La atención médica del día.
Antes de que limpien

Guardar lo que cayó y fotografiar hacia arriba

Lo que cayó es la prueba principal y en veinte minutos lo barren. Guardalo, aunque sea una maceta rota o un pedazo de vidrio.

Y sacá fotos desde el lugar del impacto mirando hacia arriba: es lo que después permite delimitar qué parte del edificio pudo haber sido.

Anotá la dirección exacta y el número de edificio, que parece obvio y después se confunde.

Preguntas frecuentes

No sé de qué departamento cayó

No hace falta saberlo. El artículo 1760 hace responder solidariamente a los dueños y ocupantes de esa parte del edificio.

¿Tengo que demandar a todo el edificio?

No a todo: a los de la parte de la que pudo haber caído. Eso se delimita con el lugar del impacto.

Vive un inquilino ahí

Responden tanto los dueños como los ocupantes, así que el inquilino también está alcanzado.

Alguien dice que no fue él

Puede liberarse, pero tiene que demostrarlo. La carga es suya, no tuya.

Se desprendió mampostería, no fue algo tirado

Es un caso parecido pero con otro fundamento. Está en se desprendió mampostería del edificio.

¿Te cayó algo desde un edificio?

Traé lo que cayó si lo guardaste, las fotos del lugar y la atención médica. No hace falta saber de qué unidad fue. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de daños y perjuicios en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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