Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
11 3583‑7082

Guardia penal 24 horas

Si te detuvieron a un familiar, llamame a la hora que sea e iré rápidamente.
11 3657‑1048

Inicio Familia Filiación Figuro como padre y no es mi hijo

Figuro como padre y no es mi hijo

Es una de las situaciones más dolorosas del fuero y la que tiene el plazo más implacable: un año, y después se cierra.

De dónde sale la presunción

Los hijos nacidos durante el matrimonio se presumen hijos del cónyuge. Esa presunción opera sola, sin que nadie tenga que reconocer nada.

Cuando esa presunción no coincide con la realidad, la vía es la acción de impugnación de la filiación presumida.

Código Civil y Comercial, arts. 589 y 590.

El plazo, que es lo decisivo

Acá está lo que hay que resolver primero, porque después no hay vuelta atrás.

Para el cónyuge, la acción caduca al año contado desde la inscripción del nacimiento, o desde que tuvo conocimiento de que podría no ser el hijo.

Para el hijo, la acción no caduca nunca. Él puede impugnar a cualquier edad y en cualquier momento de su vida.

La pregunta que no es jurídica y hay que hacerse igual

Qué pasa con el vínculo después

Esto no lo resuelve el Código y prefiero decirlo antes de empezar cualquier trámite.

Impugnar la filiación borra el vínculo legal: la obligación alimentaria, el apellido, la herencia. No borra los años de crianza ni lo que ese chico entiende sobre quién es su padre.

He visto las dos decisiones y las dos son atendibles. Lo que no conviene es tomarla apurado, en medio de una separación conflictiva, cuando el plazo todavía no está por vencer.

Preguntas frecuentes

Me enteré hace dos años

El plazo de un año corre desde que tuviste conocimiento de que podrías no ser el padre. Si ya pasó, esa acción caducó para vos. Conviene igual revisar el caso concreto, porque el punto de partida del plazo a veces se discute.

¿Puede impugnar mi hijo cuando sea grande?

Sí. Para el hijo la acción no caduca: puede plantearla a cualquier edad y sin límite de tiempo.

Si impugno, ¿dejo de pagar alimentos?

Hacia adelante sí, una vez que la sentencia queda firme. Lo ya pagado no se repite. Y mientras el juicio tramita, la obligación en general se mantiene.

Reconocí a un hijo que no era mío

Es una situación distinta, con su propia acción de impugnación del reconocimiento, y también con un plazo de un año para los terceros interesados. Para el hijo, tampoco caduca.

¿Necesitás impugnar una filiación?

Contame cuándo te enteraste. Esa fecha define si la acción todavía está disponible, y es lo primero que hay que establecer. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
Guardia 24 horasTe atiendo yo, no un contestador.
Honorarios clarosPresupuesto por escrito antes de empezar.
Primera entrevista sin cargo
WhatsApp Llamar Urgencias 24/7