Desde la reforma del Código no existen las causales de divorcio ni los plazos de espera. Cualquiera de los dos puede pedirlo, en cualquier momento, sin invocar motivo.
Se terminó la discusión sobre quién tuvo la culpa: eso ya no se juzga y no incide en los efectos.
Código Civil y Comercial, arts. 437 y 438.
Acá está lo que traba la mayoría de las presentaciones. La ley exige acompañar una propuesta que regule los efectos del divorcio, y sin ella no se da trámite a la petición.
Ese convenio tiene que contemplar, según el caso:
Código Civil y Comercial, art. 439.
Es la confusión más frecuente: mucha gente llega pidiendo un divorcio rápido en el que no se hable de bienes ni de hijos, porque "eso lo arreglamos entre nosotros".
Se puede acordar todo entre las partes, y de hecho es lo mejor. Pero ese acuerdo tiene que estar escrito y presentado: no se puede omitir.
Una vez homologado, el convenio regulador tiene fuerza ejecutoria: lo que quedó escrito ahí se exige como una sentencia.
Por eso lo que se firma apurado, para terminar rápido con una etapa difícil, después pesa durante años. Los puntos que más problemas dan más adelante son los que quedaron vagos: quién paga qué gasto de los chicos, hasta cuándo, qué pasa con la vivienda si uno rehace su vida.
Un convenio bien hecho no es el que más pide: es el que no deja huecos.
Cuando hay acuerdo completo y la documentación está en orden, es de los trámites más ágiles del fuero. Los tiempos dependen del juzgado, pero no hay plazos de espera legales ni audiencias de reconciliación.
Se puede presentar de manera conjunta. Conviene conversar en la primera entrevista si hay conflicto de intereses entre ustedes, porque en ese caso cada uno necesita su propio patrocinio.
El divorcio sale igual: el desacuerdo sobre los efectos no suspende el dictado de la sentencia. Lo que queda pendiente se discute después, por separado.
Igual hay que presentar una propuesta, aunque sea para dejar constancia de que no hay bienes que distribuir ni cuestiones parentales que regular. Es un requisito de forma que no se puede saltear.
Contame si hay hijos menores, si hay bienes y si ya conversaron cómo repartirlos. Con eso te digo qué tiene que decir el convenio y cuánto cuesta. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.