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Inicio Familia Divorcio Dejé mi carrera para criar y quedé sin nada

Dejé mi carrera para criar y quedé sin nada

Es una de las figuras más importantes que incorporó el Código y una de las que más se pierden por desconocimiento, porque el plazo para pedirla es cortísimo.

Qué repara

Procede cuando el divorcio produce un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de la situación de uno de los cónyuges, con causa adecuada en el matrimonio y en su ruptura.

No es una indemnización por culpa ni un castigo: la culpa ya no se juzga. Es la reparación de un desequilibrio económico concreto.

Código Civil y Comercial, art. 441.

Qué mira el juez

La ley enumera las pautas, y son bastante concretas:

  • El estado patrimonial de cada uno al inicio y al final del matrimonio.
  • La dedicación que cada cónyuge brindó a la familia y a la crianza, y lo que eso significó para su desarrollo profesional.
  • La edad, el estado de salud y la capacitación laboral de cada uno, y sus posibilidades reales de acceder a un empleo.
  • La duración del matrimonio y la colaboración prestada a las actividades del otro.
  • La atribución de la vivienda familiar.

Código Civil y Comercial, art. 442.

Lo más importante de toda esta página

Caduca a los seis meses

Lo pongo en el lugar más visible porque es lo que más veces hace perder el derecho.

La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio.

No es prescripción, es caducidad: no se suspende ni se interrumpe. Pasados los seis meses, el derecho desaparece.

Por eso, si tu divorcio ya salió, lo primero que hay que mirar es la fecha de la sentencia. Y si todavía no salió, la compensación se plantea en el mismo proceso.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo que una cuota de alimentos?

No. Los alimentos atienden una necesidad actual y se pagan periódicamente. La compensación repara un desequilibrio y puede fijarse como una suma única, una renta por tiempo determinado o incluso el usufructo de un bien.

¿De cuánto puede ser?

No hay una fórmula legal. Se fija según las pautas del Código y depende mucho de la duración del matrimonio, del desequilibrio acreditado y de las posibilidades reales de cada uno de recuperarse económicamente.

Mi divorcio salió hace un año

Ahí el plazo de caducidad ya venció y esa acción se perdió. Conviene igual revisar si quedan pendientes otros reclamos, como la liquidación de bienes o la atribución de la vivienda, que tienen otros plazos.

Trabajé toda la vida en el negocio de mi marido sin sueldo

Es uno de los supuestos más claros: la colaboración prestada a las actividades del otro cónyuge es una de las pautas expresas que la ley obliga a ponderar.

¿Quedaste en desventaja después del divorcio?

Contame la fecha de la sentencia, porque de eso depende todo. Y si el divorcio todavía no salió, este reclamo se plantea ahora. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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