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Me quiero quedar en la casa con los chicos

Es la discusión más urgente de casi todos los divorcios, porque es la que define dónde va a dormir cada uno el mes que viene.

No decide el título de propiedad

Es lo primero que sorprende: que la casa esté a nombre de uno solo no define quién se queda.

La ley obliga a atender otras pautas, y la primera de todas es la persona a quien se atribuye el cuidado de los hijos. También se pondera quién está en situación económica más desventajosa, el estado de salud y la edad de cada uno, y los intereses de otras personas que convivan en la vivienda.

Código Civil y Comercial, arts. 443 y 444.

Qué puede fijar el juez además

La atribución no es solamente decir quién se queda. Junto con ella se puede establecer:

  • Una renta compensatoria a favor del cónyuge que se va, por el uso del inmueble.
  • Que el inmueble no se venda ni se grave sin acuerdo de los dos.
  • Que el inmueble ganancial o común no se parta mientras dure la atribución.
  • En el caso de un inmueble alquilado, que el contrato continúe a nombre de quien se queda.
Lo que se pide muy poco y suele corresponder

La renta por el uso de la casa

Es de los reclamos más desaprovechados del fuero. Cuando uno de los dos se queda usando un inmueble que es de los dos, o que es del otro, puede corresponder que pague una renta por ese uso.

No es automática: hay que pedirla. Y se devenga desde que se pide, no desde que empezó el uso.

Para quien se fue de la casa y sigue pagando alquiler en otro lado, suele ser la diferencia entre sostener el mes y no sostenerlo.

Preguntas frecuentes

La casa está a mi nombre, ¿me pueden sacar?

La atribución del uso no cambia la titularidad: el inmueble sigue siendo tuyo. Lo que se define es quién lo usa y por cuánto tiempo, y en general se fija junto con una renta a tu favor.

¿Por cuánto tiempo se otorga?

El juez fija un plazo. Puede establecerse por un período determinado o hasta que ocurra un hecho, como que el hijo menor alcance la mayoría de edad.

Mi ex vive en mi departamento y no paga nada

Podés pedir la renta compensatoria por el uso, y también que el inmueble no se venda ni se alquile sin tu acuerdo. Es un reclamo concreto y se plantea aunque el divorcio ya haya salido.

¿Puedo pedir que se termine la atribución?

Sí, y las causales son tres: que se cumpla el plazo fijado, que cambien las circunstancias que la motivaron, o que se configure alguna causal de indignidad. La más invocada es el cambio de circunstancias.

¿Quién se queda en la casa?

Contame a nombre de quién está, si hay hijos menores y quién está viviendo ahí hoy. Es lo primero que conviene resolver. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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