Autorizar a un hijo a salir del país es uno de los actos que requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores. No alcanza con el del que convive.
Y cuando uno de los dos no presta ese consentimiento, la ley prevé la salida: el juez puede suplir la autorización si la negativa es injustificada o si el interés del hijo lo aconseja.
Código Civil y Comercial, arts. 645 y 646.
Este pedido lo resuelve un juez, con traslado a la otra parte y muchas veces con intervención del Ministerio Público. Eso lleva tiempo aunque todo esté bien.
Presentado sobre la fecha del viaje, lo más probable es que no llegue a resolverse, y ahí el pasaje se pierde igual.
La regla práctica es simple: apenas está la idea del viaje, se pide. No cuando ya están los pasajes emitidos.
En este orden, y sin dejar pasar los días.
Aunque sepas que va a decir que no. La negativa documentada es el punto de partida del pedido.
Pasajes o reserva, itinerario, alojamiento, motivo y fechas exactas.
Trabajo, escuela, domicilio. Es lo que despeja el temor de fondo.
Semanas, no días. El trámite tiene traslado y no se resuelve de un día para el otro.
Es exactamente el supuesto que la ley contempla: el juez puede suplir la negativa cuando es injustificada. Conviene tener por escrito el pedido y la negativa.
Los viajes dentro del país no requieren la misma autorización. Distinto es una mudanza, que sí cambia el centro de vida del chico y se plantea de otra manera.
Del otro lado existe la posibilidad de pedir garantías, e incluso la prohibición de salida del país del menor, que se inscribe y actúa en frontera. Es un pedido urgente y se resuelve rápido.
Sí, cuando los dos progenitores están de acuerdo: es la vía más rápida y evita el juicio. El problema aparece solo cuando uno no firma.
Contame las fechas y a dónde van. Si hay tiempo, esto se resuelve; si el viaje es la semana que viene, te lo digo con franqueza. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.