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Mis nietos viven conmigo

Criarlos ya lo estás haciendo. Lo que falta es el papel que te permita anotarlos en la escuela, firmar en el hospital y cobrar lo que les corresponde.

La situación, que es más común de lo que parece

Los chicos viven con la abuela, con una tía, con un hermano mayor. A veces desde hace años. Todos lo saben y nadie lo discute.

Pero cuando hay que anotar al chico en la escuela, autorizar una operación, tramitar la obra social o cobrar una asignación, aparece la pregunta: ¿usted qué es del menor? Y la respuesta de hecho no alcanza.

Qué se pide

El Código Civil y Comercial prevé que los progenitores puedan delegar el ejercicio de la responsabilidad parental en un pariente, con dos condiciones que conviene conocer: es por un plazo y necesita homologación judicial.

Y cuando los padres no están, no pueden o no aparecen, existe la guarda otorgada a un pariente, que cumple la misma función.

Lo importante, y lo que suele frenar a la familia: esto no les quita nada a los padres. No es una privación de la responsabilidad parental ni una adopción. Es reconocer quién está criando al chico, y por cuánto tiempo.

Para qué sirve, en concreto

  • La escuela: inscribirlo, firmar autorizaciones, retirarlo.
  • La salud: consentir un tratamiento, tramitar la cobertura.
  • Los trámites: documento, obra social, autorizaciones de viaje.
  • La plata: cobrar las asignaciones y, si corresponde, reclamar alimentos a los padres.

Ese último punto se pasa por alto seguido: que el chico viva con el abuelo no libera a los padres de mantenerlo.

Lo que conviene no dejar pasar

El problema aparece el peor día

Mientras todo va bien, la falta de papel no molesta. El problema aparece de golpe: una urgencia médica donde el hospital pide quién autoriza, un cambio de escuela, un trámite que se traba.

Y ahí no hay tiempo. Ordenarlo antes es un trámite tranquilo, y muchas veces con los padres de acuerdo, que es la manera más rápida y más barata de hacerlo.

Si los chicos ya están viviendo con vos, es una conversación que conviene tener este mes y no el día de la urgencia.

Preguntas frecuentes

¿Esto les quita los derechos a los padres?

No. Es una delegación con plazo, no una privación. Los padres siguen siendo los padres y conservan su vínculo.

Los padres están de acuerdo, ¿hace falta ir al juzgado igual?

Sí, porque lo que sirve frente a la escuela, el hospital o la obra social es la homologación del juez, no el acuerdo entre ustedes.

¿Puedo cobrar la asignación por ellos?

Con la guarda reconocida, sí. Es uno de los motivos más frecuentes por los que esto se pide.

Uno de los padres no aparece hace años

Se plantea igual. Hay formas de citarlo y, si no se presenta, el trámite continúa.

¿Y si después los padres quieren volver a llevárselos?

La delegación tiene plazo y se revisa. Lo que decide es el interés de los chicos, no quién los reclama primero.

¿Estás criando a tus nietos?

Contame desde cuándo viven con vos y dónde están los padres. Si están de acuerdo, es un trámite corto. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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