Inicio Familia Cuota alimentaria Quiero que le descuenten la cuota del sueldo
Cuando hay un empleo registrado, esta es la vía más eficaz que existe: el dinero sale antes de llegar a manos del obligado.
Una vez fijada la cuota, el juez ordena al empleador que retenga el importe del salario y lo deposite directamente a la cuenta de quien percibe los alimentos.
Deja de depender de la voluntad del obligado, que es lo que más problemas genera en estos expedientes.
Código Civil y Comercial, arts. 550 y 551.
Este es el punto que conviene conocer y que muchas veces destraba una situación estancada.
Es solidariamente responsable del pago de la deuda alimentaria quien no cumple la orden judicial de depositar la suma que debió descontar a su dependiente.
Dicho de otro modo: si la empresa no retiene, se le puede reclamar a la empresa. Suele alcanzar con hacérselo saber por escrito para que la retención empiece a cumplirse.
Es la situación que más veces interrumpe el cobro, y se anticipa.
Conviene que la orden alcance también a la liquidación final y a las indemnizaciones, y dejar pedido que el empleador informe cualquier cese. Y si empieza a cobrar una prestación previsional o un seguro de desempleo, la retención puede redirigirse.
Es un pedido de dos líneas que se hace junto con el oficio inicial, y evita meses de reclamo cuando la relación laboral se termina.
Existen topes generales de embargabilidad del salario, pero en materia de alimentos el tratamiento es más favorable al beneficiario que en una deuda común. Se fija en cada caso.
Se le hace saber por escrito la orden y la responsabilidad solidaria que le cabe. En la mayoría de los casos alcanza con eso; si no, se reclama directamente contra la empresa.
Ahí la retención no aplica y se va por otras vías: embargo de cuentas, oficios a quienes le pagan de manera habitual, y las medidas para quien no tiene ingresos registrados.
La orden informa lo necesario para cumplir la retención. No transmite el contenido del expediente ni los motivos del conflicto.
Contame dónde trabaja y si ya hay una cuota fijada. Es el trámite más simple y el que mejor resultado da. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.