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Inicio Familia Cuota alimentaria Estoy embarazada y el padre desapareció

Estoy embarazada y el padre desapareció

Es uno de los derechos menos ejercidos del Código, y uno de los que más falta hacen justo en el momento en que se ejercen menos.

El derecho existe antes del nacimiento

La mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto durante el embarazo, con la sola prueba sumaria del vínculo alegado.

No hace falta que la filiación esté determinada ni que haya un juicio previo. Alcanza con acreditar de manera sumaria ese vínculo.

Código Civil y Comercial, art. 665.

Qué se puede pedir

Los gastos que el embarazo genera y que suelen recaer enteramente sobre una sola persona: los controles médicos, los estudios, la medicación, la preparación para el parto, y lo necesario para la manutención durante ese período.

Y conviene pedirlo temprano, porque el reclamo cubre desde que se formula, no desde que empezó el embarazo.

Lo que conviene resolver en el mismo escrito

El derecho no se corta con el nacimiento

Después del parto, el reclamo continúa: aparecen los alimentos del hijo y, si el progenitor no lo reconoció, los alimentos provisorios del hijo no reconocido, que también se piden con prueba sumaria del vínculo.

Y en paralelo se puede iniciar la acción de filiación.

Por eso conviene plantear todo de manera ordenada desde el inicio, y no como reclamos sueltos separados por meses: cada tramo tiene su propia fecha desde la cual se debe.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la prueba sumaria del vínculo?

Es una acreditación provisoria, no un juicio de filiación: mensajes, fotos, testigos, la convivencia en la época de la concepción, cualquier elemento que muestre de manera verosímil la relación alegada.

Él niega ser el padre

No impide el reclamo durante el embarazo, que se resuelve con prueba sumaria. La determinación definitiva se hace después, en el juicio de filiación, con la prueba genética.

¿Y si después el ADN da negativo?

La filiación queda descartada y cesa la obligación hacia adelante. Cada caso se evalúa según cómo se haya planteado el reclamo y qué se haya percibido.

Ya nació mi hijo y nunca reclamé nada

Se puede reclamar igual: alimentos del hijo, alimentos provisorios si no hay reconocimiento, y el reembolso de lo que gastaste sola. Cuanto antes se formule el reclamo, desde más atrás corre.

¿Estás embarazada y sola con los gastos?

Contame en qué mes estás y qué relación había. El derecho existe desde ahora y conviene no dejarlo pasar. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de derecho de familia en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

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