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Es otra justicia, con sus propios códigos, sus propios plazos y su propio régimen de matrícula. Y con un impuesto que la Ciudad no aplica.
La Provincia de Buenos Aires tiene su propia organización judicial, con códigos procesales propios tanto en lo penal como en lo civil y comercial, y con su propio máximo tribunal, la Suprema Corte de Justicia provincial.
Se divide territorialmente en departamentos judiciales, y cada uno agrupa los tribunales de un conjunto de partidos. Cuál interviene depende de las reglas de competencia de cada materia, no del domicilio de quien consulta.
Y exige su propia matrícula: un abogado matriculado únicamente en la Capital Federal no puede presentarse ante los tribunales bonaerenses.
En materia penal, los hechos ocurridos en territorio provincial. Todo el conurbano, y también el resto de la Provincia.
En sucesiones, cuando el último domicilio de la persona fallecida estaba en la Provincia, conforme el artículo 2336 del Código Civil y Comercial. Es una situación muy frecuente: la familia vive en la Ciudad y el causante vivía en el conurbano, o al revés.
En familia, según las reglas de competencia de cada proceso.
En daños, cuando el hecho ocurrió allá o cuando allá está domiciliado quien es demandado. Un accidente en la General Paz o en el acceso puede tramitar de cualquiera de los dos lados.
En amparos de salud, cuando la obra social es provincial, como IOMA, la jurisdicción es la local.
El impuesto a la transmisión gratuita de bienes. La Provincia lo mantiene y la Ciudad no lo aplica. Grava los enriquecimientos obtenidos por herencia, legado o donación, con mínimos no imponibles y alícuotas progresivas que dependen del monto y del grado de parentesco.
Un dato que conviene tener claro desde el principio: se determina por la ubicación de los bienes en la Provincia, con independencia de dónde tramite el juicio. Que la sucesión se haga en la Ciudad no lo evita si el inmueble está allá.
La mediación previa se rige por la Ley 13.951 provincial, distinta de la Ley 26.589 que se aplica en el ámbito nacional y de la Ciudad.
Los plazos y los recursos responden a los códigos procesales bonaerenses, que no coinciden con los porteños.
Actuar ante los tribunales bonaerenses exige matrícula de alguno de los colegios departamentales de la Provincia. Estoy matriculada en el Colegio de Abogados de La Matanza, lo que habilita a actuar en los tribunales provinciales.
Sumada a la de la Capital Federal, la consecuencia práctica es la que más importa: si tu causa cruza de una jurisdicción a la otra, continúa conmigo.
Es una situación frecuente y que rara vez se prevé al contratar.
La causa se traslada por una cuestión de competencia, o aparece un expediente conexo en la otra jurisdicción: la sucesión estaba en la Ciudad pero hay un inmueble que exige un trámite allá, el accidente ocurrió sobre la avenida que divide, la denuncia se hizo de un lado y el hecho ocurrió del otro.
Cuando el profesional tiene una sola matrícula, ahí hay que empezar de nuevo con alguien que no conoce el caso, pagar otra vez el estudio del expediente y perder los meses que eso lleva.
Es exactamente el problema que resuelve tener las dos.
Sí. Estoy matriculada en el Colegio de Abogados de La Matanza, lo que habilita a actuar ante los tribunales de la Provincia de Buenos Aires.
En general sí, porque la Provincia mantiene el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, que la Ciudad no aplica. Y se determina por la ubicación del bien, no por dónde tramite el juicio.
Es de las situaciones más frecuentes. La sucesión es una sola y tramita donde estaba el último domicilio del causante, pero la inscripción se hace en el registro de cada jurisdicción, y el impuesto provincial corresponde igual.
Estar matriculada en las dos jurisdicciones evita tener que cambiar de profesional a mitad del expediente. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y trabaja en todos los fueros de las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.