Estudio jurídico Dra. Patricia Alejandra Sokolowski
11 3583‑7082

Guardia penal 24 horas

Si te detuvieron a un familiar, llamame a la hora que sea e iré rápidamente.
11 3657‑1048

Inicio Consumo y fraude digital Luz, gas, internet y telefonía Me facturan un servicio que no contraté

Me facturan un servicio que no contraté

Los adicionales que aparecen en la factura sin haber sido solicitados están alcanzados por una prohibición expresa.

La prohibición se aplica igual

El artículo 35 de la Ley 24.240 prohíbe generar un cargo automático por una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa.

En materia de telecomunicaciones, la Ley 27.078 y el reglamento de clientes de los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones establecen deberes específicos sobre facturación, información y contratación de adicionales.

Los cargos que más aparecen son los servicios de valor agregado, las suscripciones a contenidos, los seguros de equipo, los adicionales de datos y los paquetes de canales que se activaron sin solicitud.

La factura tiene que ser comprensible

El artículo 4 de la Ley 24.240 exige información cierta, clara y detallada. Una factura donde los conceptos figuran con denominaciones que no permiten identificar qué se está cobrando no cumple ese deber.

Ante un cargo que no se comprende, la primera gestión es solicitar por escrito el detalle del concepto, la fecha de alta del servicio y la constancia de la solicitud. La respuesta a ese pedido suele definir el reclamo.

Dónde se reclama

Ante la prestadora, con número de reclamo. Ante el organismo regulador de las comunicaciones, que tiene competencia sobre estos servicios. Y ante defensa del consumidor de la jurisdicción, que es una vía independiente.

Las tres pueden recorrerse, y ninguna requiere haber agotado la anterior.

Lo que conviene saber

Pedir la constancia del alta del servicio

Es la gestión que resuelve la mayoría de estos reclamos. Frente a un adicional facturado, corresponde solicitar por escrito la constancia de cuándo se dio de alta, por qué canal y con qué conformidad.

Cuando esa constancia no existe, la baja y la devolución de lo facturado proceden sin mayor discusión. El artículo 35 exige que el servicio haya sido requerido previamente, y quien lo afirma debe poder acreditarlo.

El pedido conviene hacerlo por el canal formal, con número de reclamo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la devolución de todo lo facturado?

Sí. Cuando el servicio no fue solicitado, el pago carece de causa y corresponde su repetición conforme los artículos 1796 y 1798 del Código Civil y Comercial.

Me dicen que lo acepté en una llamada.

Corresponde solicitar la grabación y la constancia del alta. Una aceptación telefónica sin registro ni confirmación escrita posterior es una posición endeble.

Aparece un cargo con un nombre que no entiendo.

Solicite por escrito el detalle del concepto. El artículo 4 exige información cierta, clara y detallada, y una denominación incomprensible no lo satisface.

Traiga las facturas de los últimos meses

Con la fecha en que apareció el cargo se determina desde cuándo corresponde la devolución. La primera entrevista es sin cargo.

Actualizado en agosto de 2026

Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa del consumidor y fraude digital en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.

Ciudad y ProvinciaMatriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires.
+28 añosEn todos los fueros. Matriculada desde 1998.
Guardia 24 horasTe atiendo yo, no un contestador.
Honorarios clarosPresupuesto por escrito antes de empezar.
Primera entrevista sin cargo
WhatsApp Llamar Urgencias 24/7