Inicio Consumo y fraude digital Me estafaron por internet Me robaron el WhatsApp y pidieron dinero a mis contactos
Dos problemas a la vez: recuperar la cuenta y responder frente a la gente que le transfirió a un tercero creyendo que era usted.
La recuperación es un trámite ante la plataforma y conviene hacerlo de inmediato, porque cada hora que la cuenta permanece en manos del tercero se traduce en más contactos alcanzados. Al reinstalar la aplicación con su número, el código de verificación vuelve a su teléfono y desplaza la sesión ajena. Si estaba activada la verificación en dos pasos con un PIN que el tercero cambió, hay un plazo de espera que la propia plataforma impone.
Mientras tanto, avisar por otra vía a la mayor cantidad de contactos posible es lo que corta la maniobra.
Hay más de una figura en juego. El acceso a una cuenta ajena está previsto en el artículo 153 bis del Código Penal, incorporado por la Ley 26.388, que reprime a quien accede sin autorización a un sistema o dato informático de acceso restringido. Y el pedido de dinero a sus contactos, haciéndose pasar por usted, encuadra en la estafa del artículo 172 y en la defraudación informática del artículo 173 inciso 16.
La denuncia la puede hacer usted por el acceso a su cuenta. Quienes transfirieron dinero pueden denunciar además por la estafa que sufrieron.
Es la consulta que más se repite y merece una respuesta clara. Usted no es responsable del dinero que sus contactos transfirieron a un tercero. No participó del engaño, no recibió el dinero y no tenía a su cargo custodiar el patrimonio de ellos.
Quien fue engañado tiene su reclamo contra quien lo engañó, y en su caso contra la entidad que ejecutó la transferencia, según cómo haya ocurrido. No contra usted.
Es una situación socialmente incómoda, sobre todo cuando quienes transfirieron son familiares. Pero conviene tenerlo claro, porque bajo esa presión hay personas que devuelven dinero que no debían.
La cuenta de mensajería es muchas veces la puerta de entrada al resto. Si con ella accedieron a su correo electrónico y desde ahí a su banco o a su billetera virtual, el reclamo económico corre por las vías que corresponden a cada caso.
Estas maniobras rara vez son un mensaje masivo. Quien accede a la cuenta lee las conversaciones anteriores, identifica con quién hay confianza y dinero de por medio, y escribe con el tono de esa relación.
Por eso el aviso a los contactos conviene que sea directo y por otra vía, y no solamente un estado o una publicación. Quien está por transferir suele ser justamente quien no revisa los estados.
Avisar por llamada a los contactos más cercanos es lo que efectivamente corta la maniobra.
No. Usted no participó del engaño ni recibió el dinero. Quien fue engañado tiene su reclamo contra el autor del hecho, y según el caso contra la entidad interviniente.
Sí. El acceso no autorizado ya ocurrió y es un delito autónomo. Además, la denuncia respalda su posición frente a los contactos alcanzados.
Es una de las medidas que se solicitan en la denuncia. La información de la cuenta receptora la tiene la entidad y se requiere por orden judicial.
Son vías distintas y conviene no mezclarlas: la penal por el acceso, y la de consumo por lo económico. La primera entrevista es sin cargo.
Actualizado en agosto de 2026
Punto de Ley es un estudio jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Dra. Patricia Alejandra Sokolowski es abogada matriculada en la Capital Federal y en la Provincia de Buenos Aires, y lleva casos de defensa del consumidor y fraude digital en las dos jurisdicciones. La primera consulta es sin cargo.